Sentencia nº SUP-RRV-27-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 20 de Mayo de 2015

PonenteSALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2015
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadPUEBLA
Tipo de procesoRecurso de revisión

SUP-RRV-27/2015-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA RECURSO DE REVISIÓN EXPEDIENTE: SUP-RRV-27/2015 RECURRENTE: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO DISTRITAL 01 DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL CON CABECERA EN HUAUCHINANGO, PUEBLA MAGISTRADO PONENTE: SALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR SECRETARIA: A.D. GARCÍA

México, Distrito Federal, a veinte de mayo de dos mil quince.

La S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta ACUERDO en el recurso al rubro indicado,

en el sentido de DESECHAR el recurso de revisión interpuesto por el Partido Acción Nacional en contra del acuerdo A22/INE/PUE/CD01/13-05-15, dictado por el 01 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en Puebla, mediante el cual se decretaron las medidas cautelares consistentes en el retiro de propaganda electoral del Partido Acción Nacional y de su candidato a D.F.J.D.E.L. colocada en lugares prohibidos, con base en los antecedentes y consideraciones siguientes.

  1. ANTECEDENTES

    1. Presentación de la denuncia. El treinta de abril de dos mil quince, el Partido Revolucionario Institucional, por conducto de su representante suplente ante el Consejo Distrital responsable presentó

      denuncia, ante la Secretaría 01 de la Junta Distrital, en contra del Partido Acción Nacional y de su candidato a Diputado federal en el 01 distrito electoral federal, J.D.E.L., por presuntas violaciones a la normativa electoral.

    2. Resolución impugnada. Una vez realizadas las diligencias de investigación preliminares, el once de mayo de dos mil quince el Vocal Ejecutivo de la 01 Junta Distrital y Presidente del 01 Consejo Distrital en el Estado de Puebla, determinó admitir la denuncia y remitir la propuesta sobre la solicitud de medidas cautelares al 01 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Puebla.

      En la sesión extraordinaria número catorce del referido Consejo Distrital, celebrada el trece de mayo de dos mil quince, se determinó la procedencia de adoptar las medidas cautelares solicitadas por el quejoso.

    3. Recurso de Revisión. Inconforme con la determinación antes referida, el diecisiete de mayo de dos mil quince, el Partido Acción Nacional, por conducto de su representante ante el Consejo Distrital responsable, promovió recurso de revisión ante la 01 Junta Distrital Ejecutiva, del Instituto Nacional Electoral, en el Estado de Puebla.

    4. Trámite y sustanciación: El Magistrado Presidente de esta S. Superior determinó integrar el expediente SUP-RRV-27/2015 y turnarlo a la Ponencia del Magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, para los efectos establecidos en los artículos 19 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

      Dicho proveído fue cumplimentado, mediante oficio suscrito por la Secretaria General de Acuerdos de esta S. Superior.

  2. CONSIDERACIONES

    1. Actuación colegiada La...

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