Sentencia nº SUP-REC-744-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 28 de Septiembre de 2015

PonenteCONSTANCIO CARRASCO DAZA
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2015
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadCHIAPAS
Tipo de procesoRecurso de reconsideración

SUP-REC-0744-2015

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN EXPEDIENTE: SUP-REC-744/2015 RECURRENTE: PARTIDO CHIAPAS UNIDO AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, ESTADO DE VERACRUZ MAGISTRADO PONENTE: C.C.D. SECRETARIA: MARÍA GUADALUPE REVUELTA LÓPEZ

México, Distrito Federal, a veintiocho de septiembre de dos mil quince.

VISTOS, para resolver, los autos del recurso de reconsideración identificado con la clave SUP-REC-744/2015, interpuesto por el Partido Chiapas Unido, por conducto de su representante propietario ante el Consejo Municipal Electoral del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, con cabecera en la Ciudad de V.C. de esa entidad federativa, a fin de impugnar la sentencia de dieciocho de septiembre de dos mil quince, dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Estado de Veracruz, al resolver el juicio de revisión constitucional identificado con la clave de expediente SX-JRC-255/2015, y R E S U L T A N D O :

I.A.. De lo narrado por el recurrente, en su escrito de demanda de recurso de reconsideración, así como de las constancias que obran en autos del expediente al rubro indicado, se advierte lo siguiente:

  1. Jornada electoral. El diecinueve de julio de dos mil quince, tuvo verificativo la jornada electoral en la que se eligió a diputados e integrantes de los ayuntamientos en el Estado de Chiapas.

  2. Sesión de cómputo municipal. El veinticinco de junio de dos mil quince, el Consejo Municipal Electoral del Instituto de Elecciones y de Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, con cabecera en la Ciudad de V.C., inició la sesión de cómputo de la elección de los integrantes para el Ayuntamiento del Municipio Villa Corzo.

    Al finalizar el cómputo, el citado Consejo Municipal declaró

    la validez de la elección en el Ayuntamiento del Municipio de Villa Corzo en el Estado de Chiapas y otorgó la constancia de mayoría a la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México en coalición con el Partido Político Nueva Alianza, al haber obtenido el triunfo, con un total de votos de 8,409 (ocho mil cuatrocientos nueve).

    Asimismo, realizó la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional a los demás institutos.

  3. Juicio local. Disconformes con lo...

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