Sentencia nº SUP-REC-592-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 28 de Agosto de 2015

PonentePEDRO ESTEBAN PENAGOS LÓPEZ.
Fecha de Resolución28 de Agosto de 2015
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadYUCATÁN
Tipo de procesoRecurso de reconsideración

SUP-REC-0592-2015

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN EXPEDIENTE: SUP-REC-592/2015. RECURRENTES: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y FELIPE CHI LUGO. AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ. TERCERO INTERESADO: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA. MAGISTRADO PONENTE: P.E.P.L.. SECRETARIA: AURORA ROJAS BONILLA.

México, Distrito Federal, en sesión pública de veintiocho de agosto de dos mil quince, la Sala Superior dicta sentencia en el expediente en que se actúa.

VISTOS, para resolver los autos del recurso de reconsideración interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional y F.C.L., a fin de controvertir la sentencia de veintiuno de agosto de dos mil quince, emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Veracruz1, al resolver el Juicio de Revisión Constitucional Electoral número SX-JRC-168/2015, la cual confirmó la resolución emitida el catorce de julio del presente año, por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán, en el expediente RIN-27/2015, relativa a la elección de regidores del ayuntamiento de Tepakán.

1 En adelante Sala Regional Xalapa.

R E S U L T A N D O:

I.A.. De la narración de hechos del recurrente, así como de las constancias que obran en autos en el expediente al rubro indicado, se advierte lo siguiente:

  1. Inicio del proceso electoral. El diez de octubre de dos mil catorce, dio inicio el proceso electoral 2014-2015 en el estado de Yucatán, a fin de renovar el Congreso Local, así como los regidores y síndicos que integrarán los ciento seis ayuntamientos de dicha entidad federativa.

  2. Jornada electoral. El siete de junio de dos mil quince, se llevó a cabo la jornada electoral a fin de elegir regidores de Ayuntamiento de Tepakán, Yucatán.

  3. Sesión de cómputo municipal. El diez de junio del presente año, el Consejo Municipal Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán, con cabecera en Tepakán, llevó a cabo la sesión de cómputo municipal, obteniéndose los siguientes resultados:

    PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN VOTACIÓN (CON NÚMERO) VOTACIÓN (CON LETRA)
    PARTIDO ACCIÓN NACIONAL 21 Veintiuno
    PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL 612 Seiscientos doce
    PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 697 Seiscientos noventa y siete
    PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO 2 Dos
    PARTIDO DEL TRABAJO 0 Cero
    MOVIMIENTO CIUDADANO 0 Cero
    PARTIDO NUEVA ALIANZA 0 Cero
    MORENA 0 Cero
    PARTIDO HUMANISTA 0 Cero
    ENCUENTRO SOCIAL 0 Cero
    CANDIDATO COMÚN 1 PRI-PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO-PARTIDO NUEVA ALIANZA-PARTIDO HUMANISTA-ENCUENTRO SOCIAL 0 Cero
    CANDIDATOS NO REGISTRADOS 0 Cero
    VOTOS NULOS 12 Doce
    VOTACIÓN TOTAL 1,344 Mil trescientos cuarenta y cuatro

    Al finalizar el cómputo, el Consejo Municipal del instituto electoral local, declaró la validez de la elección y expidió la constancia de mayoría a...

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