Sentencia nº SUP-JDC-1642-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 17 de Agosto de 2016

PonenteSALVADOR OLIMPO 
 NAVA GOMAR
Fecha de Resolución17 de Agosto de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadVERACRUZ
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SUP-JDC-1642-2016-Acuerdo1

ACUERDO COMPETENCIAL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-1642/2016 ACTORES: J.L.E.S., J.I.S.R. Y OTROS TERCERO INTERESADO: RENÉ BUENROSTRO HERNÁNDEZ AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE VERACRUZ MAGISTRADO PONENTE: SALVADOR OLIMPO NAVA GOMAR SECRETARIADO: A.D.G., J.M.O. FLORES Y JOSÉ ALBERTO MONTES DE OCA SÁNCHEZ

Ciudad de México, a diecisiete de agosto de dos mil dieciséis.

La S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta acuerdo en el medio impugnativo al rubro indicado, en el sentido de declarar competente a la Sala Regional de este Tribunal Electoral con sede en Xalapa, Veracruz, para conocer y resolver la impugnación interpuesta en contra de la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Veracruz en el expediente JDC/74/2016, en la que, entre otros aspectos, se declaró la nulidad del "procedimiento plebiscitario" iniciado por el Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz, relacionado con la presencia de comerciantes indígenas en el centro histórico de dicho municipio, con base en los antecedentes y consideraciones siguientes:

  1. A N T E C E D E N T E S

    1. Desplazamiento de comerciantes. El veinte de febrero del presente año, ocurrieron enfrentamientos entre comerciantes indígenas del Municipio de Ixhuatlancillo y policías municipales de Orizaba,

      Veracruz, mismos que trajeron como consecuencia que tales comerciantes indígenas cerraran las válvulas de una planta de agua que abastece a diversas colonias del Municipio de Orizaba.

    2. M. de trabajo. El veinticuatro de febrero siguiente, integrantes de ambos municipios se reunieron para logar acuerdos pacíficos. En esencia, se hizo constar que se darían los permisos conducentes para comerciar en el centro histórico de Orizaba, se reactivaría el servicio de agua potable y se resarcirían los daños causados.

    3. Establecimiento de fecha para la consulta.

      El dos de marzo siguiente, el Secretario del Ayuntamiento de Orizaba informó

      sobre la pretensión de llevar a cabo una consulta popular los días trece, catorce y quince de marzo de este año, que se contaría con módulos de votación fijos e itinerantes y proporcionó una dirección electrónica para consultar su ubicación.

    4. Aprobación de convocatoria. El once de marzo del año en curso, en sesión de cabildo del Ayuntamiento de Orizaba, se aprobó la celebración de una consulta popular –a realizarse los días trece, catorce y quince de marzo-, así como la convocatoria respectiva dirigida a los residentes del propio Municipio.

    5. Impresión adicional de boletas. El catorce de marzo de dos mil dieciséis, durante el desarrollo de la aludida consulta popular, el Ayuntamiento de Orizaba aprobó la impresión de diez mil formatos o boletas, toda vez que el tiraje con el que se inició la consulta se agotó cuando faltaba un día de los fijados para la jornada electoral.

    6. Peticiones. En la misma fecha, los actores solicitaron por escrito a los integrantes del Ayuntamiento de Orizaba, por una parte, su autorización para ser observadores de casilla en la jornada electoral de la consulta ciudadana y, por la otra, diversa información relacionada con la organización y desarrollo de la misma.

    7. Declaración de validez de resultados. El diecisiete de marzo de este año, el Secretario habilitado del Ayuntamiento de Orizaba expidió constancia de la sesión de cabildo en la que se aprobó la validez de la consulta ciudadana denominada "Orizaba decide sí/no al ambulantaje".

    8. Consulta ante el Organismo Público Local de Veracruz. El veinticuatro de marzo del mismo año, el ciudadano René

      Buenrostro Hernández presentó escrito ante el Organismo Público Local Electoral de Veracruz, por medio del cual consultó a dicho organismo sobre los procedimientos de...

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