Sentencia nº SUP-REC-725-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 28 de Septiembre de 2016

PonenteFLAVIO GALVÁN RIVERA
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadTLAXCALA
Tipo de procesoRecurso de reconsideración

SUP-REC-0725-2016

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN EXPEDIENTE: SUP-REC-725/2016 RECURRENTE: S.C.H. AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO MAGISTRADO: F.G. RIVERA SECRETARIO: GENARO ESCOBAR AMBRIZ

Ciudad de México, a veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis.

VISTOS, para resolver, los autos del recurso de reconsideración identificado con la clave SUP-REC-725/2016, interpuesto por S.C.H., quien se ostenta como Presidente Municipal de Panotla,

Tlaxcala, en contra de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, a fin de impugnar la sentencia de primero de septiembre de dos mil dieciséis, dictada en el juicio electoral identificado con la clave de expediente SDF-JE-33/2016.

R E S U L T A N D O:

I.A.. De lo narrado por el recurrente, en su escrito de reconsideración, así como de las constancias de autos, se advierte lo siguiente:

  1. Juicios locales para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El dieciocho y veintidós de febrero de dos mil dieciséis, diversos Presidentes de Comunidad y la Síndica Municipal, todos del Ayuntamiento de Panotla, Tlaxcala, promovieron juicios locales ciudadanos, a fin de controvertir la "omisión de pago de la compensación de fin de año dos mil quince" y por lo que respecta a la Síndica Municipal, "la disminución de salario", en contra del Presidente Municipal del citado Ayuntamiento.

    Los medios de impugnación quedaron radicados ante el Tribunal Electoral de Tlaxcala en los expedientes identificados con las claves TET-JDC-012/2016 y TET-JDC-030/2016.

  2. Sentencia dictada en los juicios ciudadano locales. El ocho de agosto de dos mil dieciséis el Tribunal Electoral Tlaxcala resolvió de forma acumulada los juicios precisados en el apartado que antecede, en el sentido de ordenar al Presidente Municipal del Ayuntamiento de Panotla, Tlaxcala, que restituyera en el goce de los derechos vulnerados a la Síndica Municipal y a los Presidentes de Comunidad.

  3. Juicio electoral. Disconforme con lo anterior, el veintidós de agosto de dos mil dieciséis, S.C.H., quien se ostenta como Presidente Municipal de Panotla, Tlaxcala promovió juicio electoral ante el Tribunal Electoral de Tlaxcala.

    El medio de impugnación quedó radicado en la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, con la clave de expediente SDF-JE-33/2016.

  4. Sentencia impugnada. El primero de septiembre de dos mil dieciséis, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, dictó sentencia en el juicio señalado en el apartado tres (3) que antecede, en el sentido de desechar de plano la demanda por falta de legitimación del actor.

    1. Recurso de reconsideración. Disconforme con la resolución precisada en el apartado 3

      (tres) del resultando que antecede, por escrito recibido el diecinueve de septiembre del año en curso, en la Oficialía de Partes de la de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, S.C.H., quien se ostenta como Presidente Municipal de Panotla, Tlaxcala interpuso recurso de reconsideración.

    2. Recepción del expediente en Sala Superior.

      Por oficio SDF-SGA-OA-1473/2016 de veinte de septiembre de dos mil dieciséis, recibido en la Oficialía de Partes de esta S. Superior el mismo día, el Actuario adscrito a la Sala Regional responsable remitió el escrito de impugnación, con sus anexos, así como el expediente del juicio electoral identificado con la clave SDF-JE-33/2016.

    3. Turno a Ponencia. Mediante proveído de veinte de septiembre de dos mil...

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