Sentencia nº SUP-AG-82-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 28 de Julio de 2016

PonenteFLAVIO GALVÁN RIVERA
Fecha de Resolución28 de Julio de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadDISTRITO FEDERAL
Tipo de procesoAsuntos generales

SUP-AG-0082-2016

ASUNTO GENERAL EXPEDIENTE: SUP-AG-82/2016 PROMOVENTE: TITULAR DE LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: F.G. RIVERA SECRETARIO: GENARO ESCOBAR AMBRIZ

Ciudad de México, a veintiocho de julio de dos mil dieciséis.

VISTOS , para acordar, los autos del asunto general identificado con la clave SUP-AG-82/2016, integrado con motivo de la consulta de competencia planteada a esta S. Superior, mediante acuerdo de veintiuno de julio de dos mil dieciséis, suscrito por el Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, y

R E S U L T A N D O:

I . Antecedentes. De las constancias de autos del asunto general al rubro indicado, se advierte lo siguiente:

1 . Queja. El dieciocho de julio de dos mil dieciséis, L.A.R.V. presentó, ante la Oficialía de Partes del Instituto Electoral del Distrito Federal, denuncia en contra de M.Á.M.E., J. de Gobierno de la Ciudad de México y J.R.A.G., Secretario de Desarrollo Social de la Ciudad de México, por hechos que presuntamente contravienen lo previsto en el artículo 134, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aunado a que el J. de Gobierno ha manifestado su intención de contender por la Presidencia de la República Mexicana en el año dos mil dieciocho.

  1. Recepción de queja, integración de expediente y remisión al Instituto Nacional Electoral. Mediante proveído de diecinueve de julio de dos mil dieciséis, el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Distrito Federal tuvo por recibida la queja precisada en el apartado uno (1) que antecede, ordenó integrar el expediente identificado con la clave IEDF-QNA/018/2016 y remitir el mencionado ocurso a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, al considerar que es la autoridad nacional la competente para conocer de ese asunto.

    1. Recepción y registro ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral. El veinte de julio de dos mil dieciséis, el Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Distrito Federal remitió, por oficio IEDF-SE/QJ/164/2016, recibido en la Oficialía de Partes de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral el mismo día, el escrito de queja precisado en el resultando que antecede.

      Con las mencionadas constancias, el Titular de la aludida Unidad Técnica ordenó integrar el expediente identificado con la clave UT/SCG/CA/LARV/CG/73/2016, así como su remisión a esta S. Superior, a fin de determinar cuál de los dos órganos de autoridad administrativa electoral es el competente para conocer de la queja precisada en el apartado uno (1), del resultando que antecede.

    2. Recepción en Sala Superior. El veintiuno de julio de dos mil dieciséis, en la Oficialía de Partes de esta S. Superior, se recibió el oficio INE-UT/9068/2016, por el cual el Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la...

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