Sentencia nº SDF-JDC-375-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal, 9 de Septiembre de 2016

PonenteARMANDO I. MAITRET HERNÁNDEZ
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Distrito Federal
EntidadDISTRITO FEDERAL
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SDF-JDC-0375-2016-Acuerdo4

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTES: SDF-JDC-375/2016 Y ACUMULADOS ACTORAS Y ACTORES: R.D.J.P.M. Y OTROS AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL 1 1. En términos del artículo Décimo Cuarto TRANSITORIO del DECRETO por el que se declaran reformadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 2016, toda referencia hecha en la presente sentencia al Distrito Federal, deberá entenderse a la Ciudad de México. MAGISTRADO PONENTE: A.I.M.H. SECRETARIA: F.E.P.

ACUERDO PLENARIO

Ciudad de México, a dieciséis de agosto de dos mil dieciséis.

El Pleno de esta Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción con sede en esta ciudad, en sesión privada de esta fecha, acuerda admitir las demandas de las Actoras y los Actores de los juicios que se indican en el presente acuerdo, conforme a lo siguiente:

GLOSARIO

Actoras y Actores Las y los actores en el juicio SDF-JDC-375/2016 y sus acumulados.
Constitución Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley de Medios Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
Reglamento Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Sala Regional Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal

ANTECEDENTES

De las constancias de los expedientes, es posible advertir lo siguiente:

  1. Acuerdo de Requerimiento. El veintinueve de julio del año en curso, el Pleno de esta Sala Regional acordó requerir a las Actoras y los Actores para que comparecieran a ratificar la firma de sus demandas, dentro del plazo de cuatro días hábiles contados a partir de la notificación correspondiente, apercibidos que de no hacerlo se resolvería lo que en derecho correspondiera, en el entendido de que se podría tener por no presentada la demanda.

    El Acuerdo Plenario, quedó debidamente notificado el dos de agosto, por lo que el plazo para ello transcurrió del tres al ocho siguiente.

  2. C.. Durante el plazo concedido para ello, las Actoras y los Actores que se precisan en la siguiente tabla comparecieron a desahogar el requerimiento del que fueron objeto.

    Listado 1
    No. EXPEDIENTE ACTOR/A
    1 SDF-JDC-383/2019 G.M.P.G.
    2 SDF-JDC-391/2016 I.A.C.
    3 SDF-JDC-394/2016 S.S. De Jesús
    4 SDF-JDC-414/2016 M.R.D.
  3. Certificación de no comparecencia. Mediante el oficio TEPJF/SRDF/SGAV/510/16 de diez de agosto, la Secretaria General de Acuerdos informó que a las veinte horas del ocho de agosto del año en curso, certificó

    que a las diecinueve horas cuarenta y cuatro minutos de esa fecha, ingresó la

    última persona para ratificar la firma del...

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