Sentencia nº SUP-RAP-354-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 31 de Agosto de 2016

PonenteMANUEL GONZÁLEZ 
 OROPEZA.
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadQUINTANA ROO
Tipo de procesoRecurso de apelación

SUP-RAP-354/2016

RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: SUP-RAP-354/2016 RECURRENTES: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y OTRA AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: MANUEL GONZÁLEZ OROPEZA. SECRETARIOS: GUILLERMO ORNELAS GUTIÉRREZ Y GERARDO RAFAEL SUÁREZ GONZÁLEZ

Ciudad de México, a treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.

VISTOS , para resolver, los autos del recurso de apelación SUP-RAP-354/2016, interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional y la Coalición "Somos Quintana Roo", integrada por el indicado partido político y los Partidos Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, a fin de impugnar la RESOLUCIÓN INE/CG576/2016 DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO

NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES ENCONTRADAS EN EL DICTAMEN

CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE CAMPAÑA DE LOS INGRESOS Y GASTOS

DE LOS CANDIDATOS A LOS CARGOS DE GOBERNADOR, DIPUTADOS LOCALES Y AYUNTAMIENTOS,

CORRESPONDIENTE AL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO 2015-2016, EN EL ESTADO DE

Q.R., así como el dictamen consolidado respectivo, aprobados en sesión de catorce de julio de dos mil dieciséis, mediante la cual se le impusieron diversas sanciones; y,

R E S U L T A N D O S:

  1. Antecedentes. -

    De la narración de hechos que hacen los recurrentes, así como de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:

    1.- Acuerdo IEQROO/CG/A-043-15.- El veintidós de diciembre de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo emitió el Acuerdo IEQROO/CG/A-043-15, mediante el cual determinó lo relativo a la prerrogativa de financiamiento público a otorgarse a los partidos políticos acreditados ante dicho órgano electoral durante el ejercicio presupuestal 2016.

    2.- Inicio de proceso electoral. - El quince de febrero de dos mil dieciséis, dio inicio el proceso electoral local ordinario

    2015-2016 en el Estado de Q.R., para la elección de los cargos de Gobernador, diputados locales y Ayuntamientos.

    3.- Acuerdo INE/CG1082/2015.- En sesión extraordinaria celebrada el dieciséis de diciembre de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, aprobó el Acuerdo INE/CG1082/2015, mediante el cual se emitieron los Lineamientos para establecer el proceso de captura de información en el Sistema Nacional de registro de precandidatos y candidatos, así como de los aspirantes y candidatos independientes.

    4.- Acuerdo INE/CG1047/2015.- En la misma fecha, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG1047/2015, mediante el cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones del Reglamento de Fiscalización, aprobado el diecinueve de noviembre de dos mil catorce en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, mediante el Acuerdo INE/CG263/2014, modificando a su vez el Acuerdo INE/CG350/2014.

    5.- Acuerdo INE/CG1069/2015.- En sesión de dieciséis de diciembre de dos mil quince, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG1069/2015, mediante el cual aprobó el Plan y Calendario Integral de los Procesos Electorales Locales.

    6.- Acuerdos CF/075/2015, CF/076/2015 y CF/007/2016.- El diecisiete de diciembre de dos mil quince, la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral aprobó los Acuerdos CF/075/2015 y CF/076/2015, mediante los cuales modificó el M. General de Contabilidad que incluye la Guía Contabilizadora y el Catálogo de Cuentas, los formatos que servirán de apoyo para el cumplimiento del Reglamento de Fiscalización y de la Guía de Aplicación de Prorrateo del Gasto Centralizado, así como los Lineamientos para la Operación y el Manejo del Sistema Integral de Fiscalización, a observar por los contendientes en los procesos electorales de precampaña, campaña y ordinario.

    Asimismo, mediante Acuerdo CF/007/2016, de nueve de marzo de 2016, la Comisión de Fiscalización modificó el referido Acuerdo CF/076/2015, en acatamiento a la sentencia de esta S. Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, recaída al recurso de apelación identificado con el número de expediente SUP-RAP-68/2016.

    7.-Calendario electoral. - En sesión extraordinaria celebrada el diecinueve de enero de dos mi dieciséis, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo aprobó el calendario electoral

    2015-2016.

    8.- Acuerdo CF/004/2016.- El veintiséis de enero de dos mil dieciséis, la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo CF/004/2016, mediante el cual se emitieron los Lineamientos para la realización de las visitas de verificación, monitoreos de anuncios espectaculares y demás propaganda colocada en la vía pública, así como en diarios, revistas y otros medios impresos que promuevan a precandidatos, aspirantes a candidatos independientes, candidatos, candidatos independientes, partidos políticos y coaliciones, durante las precampañas y campañas locales del proceso electoral ordinario 2015-2016, así como para los procesos extraordinarios que se pudieran derivar, de las elecciones a celebrarse en los Estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Durango, H., Oaxaca,

    Puebla, Q.R., Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas.

    9.-Acuerdo INE/CG64/2016.- En sesión extraordinaria celebrada el ocho de febrero de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Acuerdo INE/CG64/2016, mediante el cual modificó los Lineamientos que deberán observar los Organismos Públicos Locales Electorales respecto de la solicitud de registro de los convenios de coalición para los procesos electorales locales.

    10.- Acuerdo CF/006/2016.- El nueve de marzo de dos mil dieciséis, la indicada Comisión de Fiscalización aprobó el Acuerdo CF/006/2016, mediante el cual determinó los alcances de revisión de los informes de precampaña y campaña de los partidos políticos nacionales y locales, coaliciones, así como de los informes de ingresos y gastos de los aspirantes y candidatos independientes correspondientes al proceso electoral local ordinario

    2015-2016 y los procesos extraordinarios que se deriven del mismo; así como de la integración de listas, de la obtención del apoyo ciudadano, y de campaña para la elección de diputados a la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.

    11.- Acuerdo CF/013/2016.- El veintidós de marzo de dos mil dieciséis, la Comisión de Fiscalización emitió el Acuerdo CF/013/2016, mediante el cual aprobó los formatos para la presentación de los Informes trimestrales correspondientes al ejercicio ordinario y de campaña, que deberán generar y presentar los sujetos obligados a través del Sistema Integral de Fiscalización (SIF) versión 2.0.

    12.- Acuerdo IEQROO/CG/A-118/16.- En sesión extraordinaria celebrada el nueve de abril de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo aprobó el Acuerdo IEQROO/CG/A-118/16, mediante el cual se aprobó el tope máximo de gastos de campaña para la elección de Gobernador, Diputados por el principio de mayoría relativa e integrantes de los Ayuntamientos para el proceso electoral ordinario

    2015-2016.

    13.- Acuerdo INE/CG261/2016.- En sesión extraordinaria celebrada el veinte de abril de dos mil dieciséis, mediante Acuerdo INE/CG261/2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el ajuste a los plazos para la presentación de los Informes de campañas locales, revisión, elaboración y aprobación del dictamen consolidado y resolución, derivado de la revisión de los informes de ingresos y gastos de los candidatos correspondientes al proceso electoral local ordinario 2015-2016, a celebrarse en los Estados de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua,

    Durango, H., Oaxaca, Q.R., Tamaulipas y Tlaxcala.

    14.- Acuerdo INE/CG320/2016.- El cuatro de mayo de dos mil dieciséis, mediante Acuerdo INE/CG320/2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral modificó el artículo 9, numeral 1, inciso f), fracción IX y adicionó la fracción X del Reglamento de Fiscalización, aprobado el dieciséis de diciembre de dos mil quince, en sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Nacional Electoral mediante Acuerdo INE/CG1047/2015, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el SUP-RAP-19/2016.

    15.- Jornada electoral. - El cinco de junio del año dos mil dieciséis, se llevaron a cabo las jornadas electorales locales, entre otras, para elegir Gobernador, diputados locales y Ayuntamientos en el Estado de Quintana Roo.

    16.- Acuerdo INE/CG471/2016.- El quince de junio de dos mil dieciséis, mediante Acuerdo INE/CG471/2016, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó los Lineamientos para reintegrar el remanente no ejercido del financiamiento público otorgado para gastos de campaña de los procesos electorales federales y locales, en acatamiento a la sentencia SUP-RAP-647/2015 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

  2. Acto reclamado.- El catorce de julio de dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, aprobó

    la resolución INE/CG576/2016, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos a los cargos de Gobernador, diputados locales y Ayuntamientos, correspondiente al proceso electoral local ordinario 2015-2016, en el Estado de Q.R., así como el dictamen consolidado respectivo, mediante la cual se les impusieron diversas sanciones.

  3. Recurso de apelación.- Disconformes con la anterior resolución, el dieciocho de julio del presente año, el Partido Revolucionario Institucional y la Coalición "Somos Quintana Roo", integrada por el citado partido político y los Partidos Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, por conducto de A.M.G., en su carácter de representante suplente del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo General...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR