Sentencia nº ST-JRC-68-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Toluca, 7 de Septiembre de 2016

PonenteALEJANDRO DAVID AVANTE JUÁREZ
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Regional Toluca
EntidadHIDALGO
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

ST-JRC-0068-2016

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JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: ST-JRC-68/2016 ACTOR: PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE HIDALGO MAGISTRADO: A.D.A.J. SECRETARIO: RENÉ ARAU BEJARANO

Toluca de Lerdo, Estado de México, siete de septiembre de dos mil dieciséis.

VISTOS

para resolver, los autos del juicio de revisión constitucional electoral

ST-JRC-68/2016, promovido por el Partido Verde Ecologista de México en contra del Acuerdo

CG/288/2016, emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de H., el uno de septiembre de dos mil dieciséis, por el que se realizó la asignación de sindicaturas de primera minoría y regidurías por el principio de representación proporcional, por lo que respecta al municipio de Huehuetla, H.; y

R

E S U L T A N D O

I.

Antecedentes.

De la demanda y las constancias del expediente, se tienen los siguientes:

  1. Inicio del proceso electoral 2015-2016 en H..

    El quince de diciembre de dos mil quince inició el Proceso Electoral 2015-2016

    para la renovación de los integrantes del Poder Ejecutivo del Estado, del Congreso Local y Ayuntamientos.

  2. Jornada Electoral.

    El cinco de junio, se llevó a cabo la elección para renovar el congreso local, gobernador y ayuntamientos, entre ellos, el de Huehuetla.

  3. Sesiones de cómputo, declaración de validez de la elección y entrega de la constancia de mayoría.

    El ocho siguiente, se llevaron a cabo las sesiones de cómputo de las elecciones de los 84 ayuntamientos de H., ante los Consejos Municipales Electorales, con el fin de declarar la validez de las elecciones y

    expedir las constancias de mayoría a las planillas ganadoras.

  4. Acto impugnado.

    El uno de septiembre del dos mil dieciséis, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo emitió el acuerdo

    CG/288/2016, por el que se realizó

    la asignación de sindicaturas de primera minoría y regidurías por el principio de representación proporcional.

    1. Juicio de revisión constitucional electoral.

    El cinco de septiembre el Partido Verde Ecologista de México promovió

    per saltum, ante la responsable, juicio de revisión constitucional electoral para controvertir dicho acuerdo.

    Esencialmente, el actor sostiene que el acuerdo impugnado, carece de la debida fundamentación y motivación, violación a los principios de congruencia, así como la violación a los...

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