Sentencia nº SUP-JDC-1690-2016-Sentencia-1 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 2 de Noviembre de 2016
Ponente | MANUEL GONZ |
Fecha de Resolución | 2 de Noviembre de 2016 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior |
Entidad | CHIAPAS |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
SUP-JDC-1690/2016
JUICIOS PARA LA PROTECCIÃÂÃÂÃÂÃÂN DE LOS DERECHOS POLÃÂÃÂÃÂÃÂTICO ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTES: SUP-JDC-1690/2016 Y ACUMULADOS ACTORES: AMALIA SÃÂÃÂÃÂÃÂNCHEZ GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ Y OTROS AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE CHIAPAS Y OTRAS TERCERO INTERESADO: OSCAR GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ LÃÂÃÂÃÂÃÂPEZ MAGISTRADO PONENTE: MANUEL GONZÃÂÃÂÃÂÃÂLEZ OROPEZA MAGISTRADA A CARGO DEL ENGROSE: MARÃÂÃÂÃÂÃÂA DEL CARMEN ALANIS FIGUEROA SECRETARIADO: A.P. DE LEÃÂÃÂÃÂÃÂN PRIETO, JULIO CÃÂÃÂÃÂÃÂSAR CRUZ RICARDEZ, MARCELA TALAMÃÂÃÂÃÂÃÂS SALAZAR, MARIANO ALEJANDRO GONZÃÂÃÂÃÂÃÂLEZ PÃÂÃÂÃÂÃÂREZ, MARIO LEÃÂÃÂÃÂÃÂN ZALDIVAR ARRIETA Y MAURICIO HUESCA RODRÃÂÃÂÃÂÃÂGUEZ |
Ciudad de MÃÂÃÂÃÂéxico, treinta y uno de agosto de dos mil diecisÃÂÃÂÃÂéis.
VISTOS para resolver, los autos de los juicios para la protecciÃÂÃÂÃÂón de los derechos polÃÂÃÂÃÂÃÂtico-electorales del ciudadano identificados con las claves SUP-JDC-1690/2016, SUP-JDC-1691/2016,
SUP-JDC-1692/2016, SUP-JDC-1693/2016, SUP-JDC-1697/2016 y SUP-JDC-1756/2016 promovidos de la siguiente forma:
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Los primeros cuatro, por Amalia SÃÂÃÂÃÂánchez GÃÂÃÂÃÂómez,
Elia Santiz LÃÂÃÂÃÂópez, M.G.ÂÃÂÃÂómez HernÃÂÃÂÃÂández y Mario GÃÂÃÂÃÂómez MÃÂÃÂÃÂéndez respectivamente, ostentÃÂÃÂÃÂándose como primera y tercera regidoras, primer sÃÂÃÂÃÂÃÂndico y segundo regidor, del Ayuntamiento de Oxchuc, Chiapas, contra la sentencia de nueve de mayo del presente aÃÂÃÂÃÂño, emitida por el Tribunal Electoral del Estado en los expedientes TEECH/JDC/010/2016 y acumulados.
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El SUP-JDC-1697/2016 por Alicia Santiz GÃÂÃÂÃÂómez,
Mercedes GÃÂÃÂÃÂómez SÃÂÃÂÃÂánchez y S.S. LÃÂÃÂÃÂópez, quienes combaten el Decreto 174, de dos de marzo de dos mil diecisÃÂÃÂÃÂéis emitido por el Congreso del referido Estado, por el que fueron sustituidas en el cargo de regidoras por el principio de representaciÃÂÃÂÃÂón proporcional en el citado Ayuntamiento, asÃÂÃÂÃÂàcomo la omisiÃÂÃÂÃÂón del Presidente Municipal de tomarles protesta para desempeÃÂÃÂÃÂñar el cargo precisado.
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El SUP-JDC-1756/2016 promovido por MarÃÂÃÂÃÂÃÂa Gloria SÃÂÃÂÃÂánchez GÃÂÃÂÃÂómez, contra el oficio 0327 signado por la Secretaria de la ComisiÃÂÃÂÃÂón Permanente del Congreso del Estado de Chiapas, en que se le negÃÂÃÂÃÂó la reincorporaciÃÂÃÂÃÂón al cargo de Presidenta Municipal, asÃÂÃÂÃÂàcomo del Decreto 161 del referido ÃÂÃÂÃÂórgano legislativo que calificÃÂÃÂÃÂó su licencia como renuncia al cargo, y R E S U L T A N D O
I. Antecedentes. De los hechos narrados en los escritos de demanda, asÃÂÃÂÃÂÃÂ como de las constancias que obran en autos, se advierte lo siguiente:
Hechos acontecidos en el aÃÂÃÂÃÂño 2015.
1. Jornada electoral. El diecinueve de julio se llevÃÂÃÂÃÂó a cabo la jornada electoral para renovar miembros de Ayuntamientos en el Estado de Chiapas, como parte del proceso local ordinario 2014-2015.
2. Entrega de constancia de mayorÃÂÃÂÃÂÃÂa y validez.
El veintidÃÂÃÂÃÂós de julio, el Consejo Municipal Electoral de Oxchuc, Chiapas, entregÃÂÃÂÃÂó a MarÃÂÃÂÃÂÃÂa Gloria SÃÂÃÂÃÂánchez GÃÂÃÂÃÂómez la Constancia de MayorÃÂÃÂÃÂÃÂa y Validez, como Presidenta Municipal de dicho Ayuntamiento.
3. DesignaciÃÂÃÂÃÂón de regidurÃÂÃÂÃÂÃÂas por el principio de representaciÃÂÃÂÃÂón proporcional. El quince de septiembre, el Instituto de Elecciones y ParticipaciÃÂÃÂÃÂón Ciudadana de Chiapas emitiÃÂÃÂÃÂó el acuerdo IEPC-CG/A-099/2015, en que realizÃÂÃÂÃÂó la asignaciÃÂÃÂÃÂón de regidores y regidoras por el principio de representaciÃÂÃÂÃÂón proporcional conforme a lo siguiente:
PARTIDO POLÃÂÃÂÃÂÃÂTICO REGIDORES POR RP NUEVA ALIANZA BALDEMAR MORALES VÃÂÃÂÃÂÃÂZQUEZ NUEVA ALIANZA ALICIA SANTIZ GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ NUEVA ALIANZA MERCEDES GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ SÃÂÃÂÃÂÃÂNCHEZ PARTIDO CHIAPAS UNIDO S.S. LÃÂÃÂÃÂÃÂPEZ Hechos acontecidos en el aÃÂÃÂÃÂño 2016
4. Solicitud de licencia por la Presidenta Municipal. El cuatro de febrero, MarÃÂÃÂÃÂÃÂa Gloria SÃÂÃÂÃÂánchez GÃÂÃÂÃÂómez, Presidenta Municipal de Oxchuc solicitÃÂÃÂÃÂó al Congreso del Estado, licencia para separarse del cargo por tiempo indefinido.
5. AprobaciÃÂÃÂÃÂón de licencia y publicaciÃÂÃÂÃÂón.
El once de febrero, el Congreso del Estado de Chiapas aprobÃÂÃÂÃÂó el Decreto 161, en que aceptÃÂÃÂÃÂó la licencia por tiempo indefinido citada y la calificÃÂÃÂÃÂó como renuncia para separarse del cargo, por lo que declarÃÂÃÂÃÂó la ausencia definitiva con efectos a partir del quince de febrero. El referido decreto fue publicado en el PeriÃÂÃÂÃÂódico Oficial del Estado el diecisiete de febrero siguiente.
6. Asamblea en Oxchuc. El quince de febrero se llevÃÂÃÂÃÂó a cabo una asamblea comunitaria en Oxchuc organizado por la propia comunidad, con el propÃÂÃÂÃÂósito de que ÃÂÃÂÃÂésta determinara a travÃÂÃÂÃÂés de la asamblea comunitaria a quien debÃÂÃÂÃÂÃÂa fungir como Presidenta o P.M., ejercicio que dio como resultado que presuntamente fuera designado
ÃÂÃÂÃÂÃÂscar GÃÂÃÂÃÂómez LÃÂÃÂÃÂópez para el citado cargo.
7. SustituciÃÂÃÂÃÂón de regidor y regidoras por el principio de representaciÃÂÃÂÃÂón proporcional. El dos de marzo, el Congreso del Estado aprobÃÂÃÂÃÂó el Decreto 174 por el que sustituyÃÂÃÂÃÂó al regidor y regidoras por el principio de representaciÃÂÃÂÃÂón proporcional integrantes del Ayuntamiento de Oxchuc, conforme a lo siguiente:
PARTIDO POLÃÂÃÂÃÂÃÂTICO ASIGNACIÃÂÃÂÃÂÃÂN DE REGIDORES DESIGNACIÃÂÃÂÃÂÃÂN POR EL CONGRESO DEL ESTADO NUEVA ALIANZA BALDEMAR MORALES VÃÂÃÂÃÂÃÂZQUEZ OBIDIO LÃÂÃÂÃÂÃÂPEZ SANTIZ NUEVA ALIANZA ALICIA SANTIZ GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ MANUEL GOMES RODRÃÂÃÂÃÂÃÂGUES NUEVA ALIANZA MERCEDES GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ SÃÂÃÂÃÂÃÂNCHEZ ÃÂÃÂÃÂÃÂSCAR GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ LÃÂÃÂÃÂÃÂPEZ PARTIDO CHIAPAS UNIDO S.S. LÃÂÃÂÃÂÃÂPEZ JUAN SANTIZ RODRÃÂÃÂÃÂÃÂGUEZ 8. DesignaciÃÂÃÂÃÂón de Presidente Municipal sustituto.
El diez de marzo, el Congreso del Estado expidiÃÂÃÂÃÂó el Decreto 178 por el que designÃÂÃÂÃÂó a Oscar GÃÂÃÂÃÂómez LÃÂÃÂÃÂópez ÃÂÃÂÃÂÃÂregidor nombrado mediante el Decreto precisado en el numeral anteriorÃÂÃÂÃÂàcomo Presidente Municipal sustituto del Ayuntamiento de Oxchuc.
9. Juicios ciudadanos locales promovidos por los munÃÂÃÂÃÂÃÂcipes electos por el principio de mayorÃÂÃÂÃÂÃÂa relativa. El quince de marzo,
M.G.ÂÃÂÃÂómez HernÃÂÃÂÃÂández, Elia Santiz LÃÂÃÂÃÂópez, Amalia SÃÂÃÂÃÂánchez GÃÂÃÂÃÂómez y Mario GÃÂÃÂÃÂómez MÃÂÃÂÃÂéndez, en su carÃÂÃÂÃÂácter de SÃÂÃÂÃÂÃÂndico Propietario, tercera regidora, primera regidora y segundo regidor del Ayuntamiento de Oxchuc, Chiapas, respectivamente, presentaron sendas demandas de juicios para la protecciÃÂÃÂÃÂón de los derechos polÃÂÃÂÃÂÃÂtico-electorales del ciudadano, para controvertir los Decretos 174 y 178.
10. TrÃÂÃÂÃÂámite de los juicios ciudadanos locales.
El veintiocho de marzo, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas tuvo por presentadas las demandas, los informes circunstanciados y anexos, estos ÃÂÃÂÃÂúltimos signados por el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Chiapas y ordenÃÂÃÂÃÂó integrar los expedientes TEECH/JDC/010/2016,
TEECH/JDC/011/2016, TEECH/JDC/012/2016 y TEECH/JDC/013/2016.
Controversia en los juicios
SUP-JDC-1690/2016, SUP-JDC-1691/2016, SUP-JDC-1692/2016 y SUP-JDC-1693/2016.
II. Acto impugnado. El nueve de mayo, el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas emitiÃÂÃÂÃÂó sentencia en los juicios indicados en el numeral 10 de antecedentes, conforme a los resolutivos siguientes:
"PRIMERO. - Se acumulan los Juicios para la ProtecciÃÂÃÂÃÂón de los Derechos PolÃÂÃÂÃÂÃÂtico-Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/011/2016 al TEECH/JDC/013/2016, al expediente TEECH/JDC/010/2016. En consecuencia, se ordena glosar copia certificada de la presente resoluciÃÂÃÂÃÂón a los expedientes de los Juicios para la ProtecciÃÂÃÂÃÂón de los Derechos PolÃÂÃÂÃÂÃÂtico-Electorales del Ciudadano identificados con los nÃÂÃÂÃÂúmeros TEECH/JDC/011/2016 al TEECH/JDC/013/2016.
SEGUNDO. - Son procedentes los Juicios para la ProtecciÃÂÃÂÃÂón de los Derechos PolÃÂÃÂÃÂÃÂtico-Electorales del Ciudadano TEECH/JDC/010/2016 y Acumulados, promovidos por MIGUEL GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ
HERNÃÂÃÂÃÂÃÂNDEZ, ELIA SANTIZ LÃÂÃÂÃÂÃÂPEZ, AMALIA SÃÂÃÂÃÂÃÂNCHEZ GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ Y MARIO GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ MÃÂÃÂÃÂÃÂNDEZ.
TERCERO. - Se tiene por no presentado el escrito de tercero interesado, suscrito por ÃÂÃÂÃÂÃÂSCAR
GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ LÃÂÃÂÃÂÃÂPEZ, por los argumentos expuestos en el considerando quinto de esta resoluciÃÂÃÂÃÂón.
CUARTO. - Se confirma el Decreto nÃÂÃÂÃÂúmero
178, de diez de marzo de dos mil diecisÃÂÃÂÃÂéis, por el que se nombrÃÂÃÂÃÂó
a OSCAR GÃÂÃÂÃÂÃÂMEZ LÃÂÃÂÃÂÃÂPEZ, como Presidente Sustituto del Ayuntamiento de Oxchuc, Chiapas, por los razonamientos contenidos en el considerando octavo de la presente sentencia."
1. Juicios de revisiÃÂÃÂÃÂón...
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