Sentencia nº SUP-JE-111-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 16 de Diciembre de 2016

PonenteJOS
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadFEDERAL
Tipo de procesoOtro

SUP-JE-0111-2016

‹!--

table.MsoTableGrid

{border:1.0pt solid windowtext;

font-size:11.0pt;

font-family:"Calibri",sans-serif;

}

--›

JUICIO ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JE-111/2016 ACTOR: R.R.G. TERCERO INTERESADO: MORENA AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: J.L.V.V. SECRETARIO: JAIME ARTURO ORGANISTA MONDRAGÓN

Ciudad de México, dieciséis de diciembre de dos mil dieciséis.

SENTENCIA:

Que recae al juicio electoral, promovido por R.R.G., a fin de impugnar las resoluciones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral identificadas con las claves INE/CG94/2014 e INE/CG251/2014, relacionadas con el registro de M., como partido político nacional y la declaración de procedencia constitucional y legal de las modificaciones al Estatuto del citado instituto político, respectivamente.

RESULTANDO:

I.A.. De los hechos narrados por el actor en su demanda, y de las constancias que integran el expediente, se advierte lo siguiente:

  1. Resolución INE/CG94/2014. El nueve de julio de dos mil catorce, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó

    la resolución INE/CG94/2014, por la que, entre otras cuestiones, declaró

    procedente el otorgamiento del registro como partido político nacional a M..

  2. Resolución INE/CG251/2014. El cinco de noviembre siguiente, el referido órgano electoral colegiado aprobó la diversa resolución

    INE/CG251/2014, por la que declaró la procedencia constitucional y legal de las modificaciones realizadas por M. a su Estatuto, en cumplimiento a lo ordenado por el propio Consejo General en la resolución señalada previamente.

    1. Juicio electoral.

  3. Demanda. El veinticinco de noviembre de dos mil dieciséis, el actor presentó ante la Oficialía de Partes del Instituto Nacional Electoral escrito para promover lo que denominó "Procedimiento Sancionador Ordinario" a fin de impugnar las dos resoluciones que han sido precisadas.

  4. Remisión de constancias. El veintinueve siguiente, el Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral remitió a esta S. Superior el escrito del actor y sus anexos, al estimar carecer de atribuciones para revisar las resoluciones emitidas por el máximo órgano de decisión del citado Instituto.

  5. Turno y trámite. En la misma fecha, la Magistrada Presidenta de este

    órgano jurisdiccional ordenó integrar el expediente SUP-JE-111/2016 y turnarlo al Magistrado J.L.V.V., para los efectos que en Derecho procedieran.

  6. Tercero interesado. Durante la sustanciación del juicio indicado al rubro, M. presentó escrito de tercero interesado, por conducto de su representante propietario ante la autoridad responsable.

  7. Radicación. En su oportunidad, el Magistrado Instructor radicó el expediente.

    CONSIDERANDO:

    PRIMERO. Jurisdicción y competencia. La Sala...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR