Sentencia nº SUP-JDC-1981-2016 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 23 de Diciembre de 2016

PonenteREYES RODRÍGUEZ 
 MONDRAGÓN
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2016
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadPUEBLA
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales

SUP-JDC-1981-2016-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO. EXPEDIENTES: SUP-JDC-1981/2016 Y ACUMULADOS ACTORES: J.I.R.R. Y OTROS RESPONSABLES: COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO ACCION NACIONAL Y OTRAS. MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN SECRETARIOS: HUGO DOMÍNGUEZ BALBOA Y JUAN GUILLERMO CASILLAS GUEVARA

Ciudad de México, a veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis.

A C U E R D O que recae a los juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovidos por J.I.R.R. y otros ciudadanos que se detallan con posterioridad, quienes se ostentan militantes del Partido Acción Nacional, a fin de impugnar la ilegal restitución del C.G.O.J.L. como integrante del Comité Directivo Municipal realizada por el Comité Directivo Municipal en el Municipio de Puebla y por su P. elC.P.R.R., acto que consta y está plenamente acreditado en la Cédula de Notificación colocada en los estrados físicos del citado comité con fecha nueve de diciembre del año en curso, la cual contiene como anexos copia de la resolución incidental SDF-JDC-2158/2016.

Lo anterior, al considerar que la competencia para conocer y resolver los asuntos de mérito, recae en la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México.

GLOSARIO

Actores: J.I.R.R., A.L.C.Á., E.R.R.H., B.F.F., A.H.V.S., M. delR.C.E., S.E.C.E., E.B.P.G., A.G.R.L., M.T.L.C., M.M.N., K.A.B.G., M.M.H., J.A.L. y Santiago Pérez Acero
Actor Primigenio: G.O.J.L..
Comisión de Justicia: Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional, antes Comisión Jurisdiccional Electoral del Consejo Nacional.
Comité Directivo Municipal: Comité Directivo Municipal del Partido Acción Nacional en Puebla, Puebla.
Ley de Medios: Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
PAN o Partido: Partido Acción Nacional.
Sala Regional: Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México.
  1. ANTECEDENTES

    1.1. Privación del cargo partidista.

    El seis de julio del dos mil quince, el Comité Directivo Municipal acordó privar al actor primigenio como miembro del mismo.

    1.2. Restitución al cargo partidista . El veintiuno de octubre de dos mil quince, la Comisión de Justicia resolvió dejar sin efectos la destitución referida.

    1.3. Acreditación del incumplimiento de la resolución partidista. El veinte de octubre de dos mil dieciséis, la Sala Regional emitió sentencia en el juicio ciudadano SDF-JDC-2158/2016, en la que determinó tener por acreditada la omisión del Comité Directivo Municipal de cumplir la resolución emitida por la Comisión de Justicia y ordenó su cumplimiento.

    1.4. Incidente de cumplimiento. El siete de diciembre del presente año, la Sala Regional emitió el acuerdo relativo al cumplimiento de la sentencia SDF-JDC-2158/2016, declaró fundada la incidencia planteada y ordenó al Comité Directivo Municipal, así como...

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