Sentencia nº SUP-REC-4-2017 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 11 de Enero de 2017

PonenteREYES RODR
Fecha de Resolución11 de Enero de 2017
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadTLAXCALA
Tipo de procesoRecurso de reconsideración

SUP-REC-0004-2017

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN EXPEDIENTE: SUP-REC-4/2017 ACTOR: MOVIMIENTO CIUDADANO AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CORRESPONDIENTE A LA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL CON SEDE EN LA CIUDAD DE MEXICO MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN SECRETARIO: ENRIQUE AGUIRRE SALDIVAR

Ciudad de México, a once de enero de dos mil diecisiete.

Sentencia definitiva que desecha de plano, por extemporánea, la demanda de recurso de reconsideración presentada por A.J.F., quien se ostenta como representante de Movimiento Ciudadano ante el Consejo Municipal de Acuamanala de M.H., Tlaxcala.

En esa demanda impugnó la resolución dictada el primero de diciembre de dos mil dieciséis por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal con sede en la Ciudad de México, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SDF-JDC-316/2016 y los juicios de revisión constitucional electoral SDF-JRC-48/2016 y SDF-JRC-51/2016 acumulados.

GLOSARIO

Sala Ciudad de México: Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal con sede en la Ciudad de México.
Actor o recurrente: Movimiento Ciudadano.
Constitución: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Orgánica: Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Ley de Medios: Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
  1. ANTECEDENTES DEL CASO

    De las constancias de autos y de lo expuesto por el actor se desprende:

    1.1 Jornada electoral . El cinco de junio de dos mil dieciséis tuvo verificativo la jornada electoral local en el Estado de Tlaxcala donde se eligieron, entre otros cargos, integrantes del ayuntamiento del municipio de Acuamanala de M.H..

    1.2 Cómputo municipal, declaración de validez de la elección y entrega de constancia de mayoría. El ocho de junio siguiente, el Consejo Municipal de Acuamanala de M.H. realizó el cómputo de la referida elección, declaró la validez de la misma y entregó la constancia de mayoría a la candidatura postulada en común por el Partido de la Revolución Democrática y el Partido del Trabajo.

    1.3 Juicios electorales locales. El once y doce de junio de dos mil dieciséis se promovieron diversos juicios electorales en contra de dichos resultados.

    Esos medios de impugnación fueron radicados ante el Tribunal Electoral de Tlaxcala con las claves TET-JE-144/2016, TET-JE-145/2016 (promovido por el ahora actor), TET-JE-157/2016 y TET-JE-197/2016.

    1.4 Resolución local. El dos de julio de dos mil dieciséis, el Tribunal Electoral de Tlaxcala resolvió los referidos juicios electorales en forma acumulada. En esa resolución modificó los...

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