Sentencia nº SUP-JRC-41-2017 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 15 de Marzo de 2017

PonenteFELIPE DE LA MATA 
 PIZA
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2017
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior
EntidadESTADO DE MÉXICO
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral

SUP-JRC-41/2017

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SUP-JRC-41/2017 ACTOR: MORENA AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA SECRETARIO: ERNESTO CAMACHO OCHOA

Ciudad de México, quince de marzo de dos mil diecisiete.

Resolución que desecha por falta de determinancia la demanda del juicio promovido en contra de la resolución del Tribunal Electoral del Estado de México, en la que no se tuvo por acreditada la infracción que se imputó al PRI, por la supuesta agresión verbal de su representante contra el Consejero del Instituto Electoral del Estado de México,

G.C.A..

ÍNDICE

GLOSARIO 2
ANTECEDENTES 2
1. Hechos en cuestión 2
2. Procedimiento de queja 2
a. Denuncia 2
b. Trámite de la queja 2
c. Resolución impugnada 2
3. Juicio de Revisión Constitucional Electoral 3
a. Demanda 3
b. Planteamiento sobre competencia 3
c. Sustanciación 3
I. DETERMINACIÓN DE LA COMPETENCIA 3
1. Decisión de competencia a favor de la Sala Superior 3
2. Marco jurídico 4
3. Hecho concreto y valoración 5
4. Conclusión 5
II. IMPROCEDENCIA POR FALTA DE DETERMINANCIA 6
1. Decisión 6
2 . Marco normativo 6
3. Caso Concreto y valoración 8
4. Conclusión 9
RESOLUTIVOS 9

GLOSARIO

Constitución Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Instituto local o IEEM Instituto Electoral del Estado de México
Ley de Medios Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral
Ley Orgánica Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
PRI Partido Revolucionario Institucional
MORENA Movimiento Regeneración Nacional
Sala Regional Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Sala Superior Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Tribunal local Tribunal Electoral del Estado de México
Tribunal Electoral Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ANTECEDENTES

1. Hechos en cuestión.

El seis de enero1, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, realizó su Primera Sesión Extraordinaria, en la que, de acuerdo a lo denunciado por MORENA, el representante del PRI, E.G.B.M., agredió verbalmente al Consejero Electoral Gabriel Corona Armenta.

1 Salvo mención en contrario, todas las fechas corresponden al año 2017.

2. Procedimiento de queja .

  1. Denuncia.

    En atención a los hechos mencionados, el veinticinco de enero, MORENA presentó queja en contra del PRI, ante el Instituto Local.

  2. Trámite de la queja. El veintisiete de enero, la Secretaria Ejecutiva del IEEM emitió acuerdo, en el que, en lo conducente, admitió a trámite la queja mencionada y emplazó al PRI para que diera contestación y aportara pruebas que a su derecho convenga. Posteriormente, el seis de febrero siguiente, se requirió al Consejero Electoral Gabriel Corona Armenia, para que rindiera informe. En su oportunidad, se remitió el expediente al Tribunal Local para su resolución.

  3. Resolución impugnada. El veinticuatro siguiente, el Tribunal Local resolvió la queja en el sentido de declarar la inexistencia de los hechos objeto de la denuncia, porque, en su concepto, de los medios de prueba de autos no se advertían elementos que demuestren la existencia de las amenazas o presiones sobre el consejero electoral.

    3. Juicio de Revisión Constitucional Electoral.

  4. Demanda. En desacuerdo, el veintiocho siguiente, M. promovió juicio de revisión constitucional electoral, dirigido a la Sala Regional Toluca.

  5. Planteamiento sobre competencia. El primero de marzo, la Sala Regional ordenó la remisión inmediata del expediente del juicio a esta S. Superior, y solicitó que resolviera sobre la...

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