Sentencia nº SUP-JLI-5-2017 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 14 de Marzo de 2017
Ponente | FELIPE DE LA MATA PIZA |
Fecha de Resolución | 14 de Marzo de 2017 |
Emisor | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior |
Entidad | VERACRUZ |
Tipo de proceso | Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral |
SUP-JLI-5/2017-Acuerdo1
ACUERDO DE SALA JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y SUS SERVIDORES EXPEDIENTE: SUP-JLI-5/2017 ACTOR: V.H.P. DEMANDADO: TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA SECRETARIO: ARMANDO AMBRIZ HERNÁNDEZ |
Ciudad de México, a catorce de marzo de dos mil diecisiete.
ACUERDO, que declara que la Sala Regional Xalapa, es la competente para conocer y resolver el juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Nacional Electoral y sus servidores, promovido por V.H.P., por el cual controvierte el oficio INE/DEA/DP/0096/2017.
ÍNDICE
G.. | 2 |
Antecedentes. | |
1. Escrito de solicitud de prestaciones adicionales a la pensión por invalidez | 2 |
2.-Oficio de contestación | 3 |
II.- Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales del Instituto Nacional Electoral. | 3 |
1. Remisión del expediente para determinar competencia | 3 |
III. Trámite y sustanciación . | 3 |
1. Integración, registro y turno. | 4 |
Determinación sobre la competencia | 4 |
a) Tesis de la decisión b) Marco normativo c) Justificación d) Conclusión Acuerdo | 4 4 6 7 |
GLOSARIO
Constitución | Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos |
DPDEA | Dirección de Personal de la Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional Electoral |
INE | Instituto Nacional Electoral |
ISSSTE | Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado |
Ley de Medios | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Ley Electoral | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales |
Ley Orgánica | Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación |
Sala Superior: | Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Sala Xalapa | Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la tercera circunscripción plurinominal |
ANTECEDENTES
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Escrito de solicitud de prestaciones adicionales a la pensión por invalidez. El dieciocho de enero1, la parte actora presentó escrito ante la 12 Junta Distrital Ejecutiva en Veracruz, dirigido a la Dirección de Personal del INE, por el cual solicito lo siguiente:
1 Salvo mención en contrario, todas las fechas corresponden al año 2017
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El inmediato entero de forma retroactiva con recursos propios del INE que deberá realizarse al ISSSTE, de las aportaciones respecto a los conceptos de "COMPENSACIÓN GARANTIZADA" y "PJE_EST_JORNADA_ELEC;
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El reconocimiento y declaración que se haga frente al ISSSTE, en sentido de que dichos conceptos deben de ser tomados en cuenta para la integración del sueldo básico y la modificación de la pensión por invalidez, y
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La cancelación de la y/o modificación de la hoja única de servicios de diez de marzo de dos mil dieciséis, en la que se haga el cálculo correcto del sueldo básico adicionado los conceptos de reclamados.
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Oficio de contestación. El veintisiete de enero del presente año, mediante oficio INE/DEA/DP/0096/2017, la titular de la DPDEA, responde al ahora actor, en el sentido de que para el cálculo de las cuotas y aportaciones de seguridad social debe tomarse exclusivamente el monto del salario base establecido en el tabulador regional respectivo, porque en él ya se encuentran integrados el sueldo, el...
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