Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSCM-JE-0047-2017-Acuerdo1)
Número de expediente | SCM-JE-0047-2017-Acuerdo1 |
Emisor | Sala Regional Ciudad de México (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Juicio electoral |
JUICIO ELECTORAL EXPEDIENTE: SCM-JE-47/2017 ACTOR: LUIS ARTURO RODRÍGUEZ BAUTISTA AUTORIDADES RESPONSABLES: JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y OTRAS MAGISTRADO: HÉCTOR ROMERO BOLAÑOS SECRETARIOS: LUIS ALBERTO TREJO OSORNIO Y GERARDO RANGEL GUERRERO |
ACUERDO PLENARIO
Ciudad de México, a quince de noviembre de dos mil diecisiete.
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión privada de esta fecha, determina improcedente la solicitud de suspensión de la CONVOCATORIA INTERNA PARA ELEGIR EL PUESTO DE ABOGADO FISCALIZADOR EN LA JUNTA LOCAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, realizada por la parte actora, con base en lo siguiente.
GLOSARIO
Acto impugnado, Convocatoria impugnada o Convocatoria | Convocatoria Interna para elegir el puesto de Abogado Fiscalizador en la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
Actor, Demandante o Promovente | Luis Arturo Rodríguez Bautista |
Autoridad responsable | Junta General Ejecutiva, Dirección Ejecutiva de Administración y Junta Local Ejecutiva en la Ciudad de México, todas del Instituto Nacional Electoral |
Instituto o INE | Instituto Nacional Electoral |
Dirección Ejecutiva o DEA | Dirección Ejecutiva de Administración del Instituto Nacional Electoral |
Estatuto | Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa |
Juicio ciudadano | Juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos |
Juicio Electoral | Juicio electoral previsto en los Lineamientos para la identificación e Integración de Expedientes del Tribunal Electoral
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Junta General | Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral |
Junta Local | Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México |
Ley de Medios | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
Manual | Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Humanos del Instituto Nacional Electoral |
Reglamento | Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Sala Regional | Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal Electoral |
Sala Superior | Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
Tribunal Electoral | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
ANTECEDENTES DEL CASO
De la narración de hechos que el Actor hace en su demanda, así como de las constancias que obran en autos, se advierten los siguientes antecedentes:
I. Aprobación del acuerdo INE/JGE352/2016. El veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis, la Junta General emitió el acuerdo INE/JGE352/2016, por el que aprobó que las plazas de nueva creación, etiquetadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio 2017 para su conversión de honorarios eventuales de proyectos especiales a plaza presupuestal, se ocuparan a través de encargadurías temporales.
II. Designación del Actor como "Abogado Fiscalizador" en la Junta Local. El uno de marzo del presente año, el Promovente fue designado en la plaza presupuestal de "Abogado Fiscalizador" en la Junta Local, con el carácter de encargado.
III. Aprobación del Manual. El veintisiete de marzo de esta anualidad, mediante el acuerdo INE/JGE47/2017, la Junta General aprobó el Manual.
IV. Emisión y publicación de la Convocatoria. El cuatro de octubre del año en curso, la DEA emitió la Convocatoria, misma que fue publicada por la Junta Local.
V. Juicio ciudadano.
1. Demanda. En contra de la publicación de la Convocatoria, el diez de octubre del año en curso, el Actor presentó escrito de demanda ante la Junta General, dirigido a Sala Superior.
2. Envío a Sala Superior. Mediante oficio de trece de octubre,2 recibido en la Oficialía de Partes de Sala Superior el catorce siguiente, el Secretario de la Junta General remitió el escrito presentado por el Demandante, las cédulas de publicitación y retiro del mismo, su informe circunstanciado, así como el de la Dirección Ejecutiva, y la demás documentación relacionada con el caso.
2. Oficio INE/JGE/261/2017, visible a foja 9 del expediente.
3. Reencauzamiento a Sala Regional. Por acuerdo plenario de veinticinco de octubre del presente año, dictado en el Juicio ciudadano SUP-JDC-907/2017, la Sala Superior determinó que este órgano jurisdiccional era el competente para conocer y resolver el medio de impugnación promovido por el Demandante, por lo que el expediente fue remitido a esta Sala Regional el veintiséis siguiente.3
3. Mediante oficio SGA-JA-4089/2017, visible a foja 1 del expediente.
4. Turno. Por acuerdo de esa misma fecha, el Magistrado Presidente de este órgano jurisdiccional, acordó formar el expediente SCM-JDC-1344/2017 y turnarlo a la ponencia del Magistrado Héctor Romero Bolaños, para su instrucción.
5. Radicación. Mediante proveído de veintisiete de octubre siguiente, el Magistrado Instructor acordó la radicación del Juicio ciudadano en su ponencia y, en su oportunidad, propuso al Pleno el proyecto de...
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