Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSDF-JRC-0001-2017-Acuerdo1)

Número de expedienteSDF-JRC-0001-2017-Acuerdo1
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral
EmisorSala Regional Distrito Federal (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SDF-JRC-0001-2017-Acuerdo1

JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SDF-JRC-1/2017

ACTORES: RENÉ BOLIO HALLORÁN Y FERNANDO AVIÑA GUTIÉRREZ

AUTORIDAD RESPONSABLE:

TRIBUNAL ELECTORAL DEL DISTRITO FEDERAL1

1. En términos del artículo Décimo Cuarto Transitorio del Decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Constitución, en materia de la reforma política de la Ciudad de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el (29) veintinueve de enero de (2016) dos mil dieciséis, toda referencia hecha en la presente sentencia al Distrito Federal, deberá entenderse a la Ciudad de México.

MAGISTRADA: MARÍA GUADALUPE SILVA ROJAS

SECRETARIAS: ROSA ELENA MONTSERRAT RAZO HERNÁNDEZ Y BEATRIZ MEJÍA RUIZ

ACUERDO PLENARIO

Ciudad de México, veintisiete de enero de dos mil diecisiete.

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal con sede en esta Ciudad, en sesión privada de esta fecha reencauza el presente Juicio de Revisión a Juicio Ciudadano, de conformidad con lo siguiente.

PRIMERO. Jurisdicción y Competencia. Esta Sala Regional es formalmente competente para conocer el presente medio de impugnación, toda vez que se trata de un Juicio de Revisión promovido contra una sentencia emitida por el Tribunal Responsable en el que determinó desechar el Juicio Local relacionado con un error al validar la Asamblea celebrada en el Distrito Uninominal XXXVIII del entonces Distrito Federal, entidad que está dentro del ámbito territorial donde esta Sala ejerce jurisdicción.

Lo anterior, con fundamento en:

Constitución. Artículos 41 párrafo segundo Base VI y 99 párrafo cuarto fracción IV.

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Artículos 184, 185 186 fracción III inciso b) y 195 fracción III.

Ley de Medios. Artículos 3 párrafo 2 inciso d), 4 párrafo 1, 79 párrafo 1, 86 y 87 numeral 1 inciso b).

Acuerdo INE/CG182/2014. Aprobado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, el cual establece el ámbito territorial de cada una de las (5) cinco circunscripciones plurinominales y la ciudad que será cabecera de cada una de ellas.

SEGUNDO. Actuación colegiada. La materia sobre la que versa el presente acuerdo corresponde al conocimiento de esta Sala Regional en actuación colegiada y plenaria, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 19 de la Ley de Medios y 46 fracción II del Reglamento Interno, ya que cualquier modificación en la sustanciación del procedimiento, el pronunciamiento de la procedencia de un medio de impugnación o cuestiones análogas...

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