Acuerdo de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSCM-JLI-0002-2018-Acuerdo1)

Número de expedienteSCM-JLI-0002-2018-Acuerdo1
EmisorSala Regional Ciudad de México (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral
SCM-JLI-0002-2018-Acuerdo1

ACUERDO DE INCOMPETENCIA

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y SUS SERVIDORES

EXPEDIENTE: SCM-JLI-2/2018

ACTOR:

LUIS ANTONIO AMEZCUA ESTRADA

DEMANDADO:

30 JUNTA DISTRITAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL EN EL ESTADO DE MÉXICO

MAGISTRADA: MARÍA GUADALUPE SILVA ROJAS

SECRETARIAS:

YAZMÍN AGUILAR MEJÍA
Y ANA CAROLINA VARELA URIBE

ACUERDO PLENARIO

Ciudad de México, a veintisiete de febrero de dos mil dieciocho

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, en sesión privada ordena remitir el presente expediente a la Sala Regional Toluca, por ser la competente para conocer y resolver el mismo.

GLOSARIO

Actor o Promovente

Luis Antonio Amezcua Estrada

Constitución

Junta Distrital

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

30 Junta Distrital Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de México

Juicio Laboral

Juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Nacional Electoral y sus servidores

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Electoral

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Ley Orgánica

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

INE o Instituto

Instituto Nacional Electoral

Sala Regional

Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México

Sala Superior

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

ANTECEDENTES

De los hechos narrados en la demanda, así como de las constancias que integran el expediente, esta Sala Regional advierte lo siguiente:

I. Prestación de servicios

1. Inicio de la relación laboral. El Actor señala que inició a laborar para el Instituto en septiembre de (2014) dos mil catorce y que el (1) primero de septiembre de (2017) dos mil diecisiete celebró un contrato de prestación de servicios con el Instituto, bajo el régimen de honorarios permanentes.

2. Despido injustificado. El Actor manifiesta que a partir de que interpuso una queja por hostigamiento y/o acoso laboral, le informaron que la vigencia del contrato antes señalado había terminado el (31) treinta y uno de diciembre de (2017) dos mil diecisiete.

II. Juicio Laboral

1. Demanda. El (15) quince de febrero de (2018) dos mil dieciocho, el Actor promovió demanda de Juicio Laboral a fin de controvertir el supuesto despido...

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