Jurisprudencia 1/2021, Tribunal Electoral de la Federación, 18/03/2021

Fecha18 Marzo 2021
EmisorSALA SUPERIOR

Ó.A.H. Estradavs.Comisión Coordinadora Nacional del Partido del Trabajo y otraJurisprudencia 1/2021

COMPETENCIA. REGLAS PARA LA REMISIÓN DE ASUNTOS A LA SALA REGIONAL, INSTANCIA PARTIDISTA O TRIBUNAL LOCAL COMPETENTE ATENDIENDO A SI SE SOLICITA O NO EL SALTO DE INSTANCIA (PER SALTUM).- De la interpretación sistemática y funcional de los artículos 99 y 116, fracción IV, inciso l), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como 185, párrafo primero, y 195 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se advierte la conformación de un sistema integral de justicia electoral que tiene como base el agotamiento previo de las instancias partidistas y jurisdiccionales en el ámbito local; así como, en el ámbito federal, la distribución de competencias entre las salas del Tribunal Electoral. En consecuencia, con la finalidad de generar mayor certidumbre a la ciudadanía, así como a las y los operadores de justicia, cuando se presente un medio de impugnación directamente ante la Sala Superior, considerando el carácter del órgano responsable, los efectos del acto impugnado y, en su caso, si existe o no solicitud de conocimiento por salto de instancia (per saltum) partidista o del tribunal local, se deberán seguir las siguientes reglas de remisión a la instancia competente: 1. Si en razón de la materia la controversia corresponde a una Sala Regional y la parte promovente solicita el salto de la instancia partidista o local, la demanda deberá remitirse a la Sala Regional competente para que analice la procedencia del salto de instancia, y 2. Si la parte actora no lo solicita expresamente, atendiendo a la competencia formal y originaria de la Sala Superior y al principio de economía procesal, lo procedente es reencauzar la demanda a la instancia partidista o al tribunal local competente a fin de cumplir con el principio de definitividad, salvo que exista un riesgo de irreparabilidad del acto o un menoscabo serio a los derechos de la parte promovente, caso en el cual se podrá enviar la demanda a la...

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