Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JLI-0030-2017), 03-01-2018

Fecha03 Enero 2018
Número de expedienteSUP-JLI-0030-2017
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Federal Electoral
SUP-JLI-30/2017

JUICIO PARA DIRIMIR LOS CONFLICTOS O DIFERENCIAS LABORALES DE LOS SERVIDORES DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

EXPEDIENTE: SUP-JLI-30/2017

ACTOR: MARÍA DE LOS ÁNGELES ROMERO OCHOA

DEMANDADO: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES

SECRETARIOS: RODRIGO QUEZADA GONCEN Y CÉSAR AMÉRICO CALVARIO ENRÍQUEZ

COLABORÓ: MARCO VINICIO ORTIZ ALANIS

Ciudad de México, tres de enero de dos mil dieciocho.

VISTOS para resolver los autos del juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Nacional Electoral, expediente SUP-JLI-60/2016, promovido por María de los Ángeles Romero Ochoa, en contra del acuerdo INE/CG595/2017, del Consejo General del Instituto Nacional Electoral “por el que se aprueba el presupuesto para el ejercicio fiscal del año 2018, que refleja la reducción realizada por la cámara de diputados”, y

R E S U L T A N D O S:

I. Antecedentes. De la narración de hechos que la actora hace en su escrito de impugnación, así como de las constancias de autos, se advierte lo siguiente:

1. Aprobación del anteproyecto de Presupuesto. El veintiocho de agosto de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Anteproyecto de Presupuesto de ese órgano administrativo electoral nacional, para el ejercicio dos mil dieciocho.

2. Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación. El veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el cual se determinó una reducción presupuestaria de $800,000,000.00 (ochocientos millones de pesos 00/100 M. N.), respecto del anteproyecto de presupuesto presentado originalmente por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.

3. Acto controvertido. El ocho de diciembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el acuerdo INE/CG595/2017, “por el que se aprueba el presupuesto para el ejercicio fiscal del año 2018, que refleja la reducción realizada por la Cámara de Diputados”.

II. Demanda. Por escrito recibido ante la Oficialía de Partes de la Sala Superior el veintidós de diciembre de dos mil diecisiete, María de los Ángeles Romero Ochoa promovió juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Nacional Electoral, a fin de controvertir el acuerdo que ha quedado precisado en el resultando tercero (3) que antecede.

III. Turno a Ponencia. Mediante proveído de veintiséis de diciembre de dos mil diecisiete, la Magistrada Presidenta de la Sala Superior acordó integrar el expediente identificado con la clave SUP-JLI-30/2017 y turnarlo a la Ponencia a cargo del Magistrado Indalfer Infante Gonzales, para los efectos legales procedentes.

III. Recepción y Radicación. En su oportunidad el Magistrado Instructor acordó la recepción del expediente identificado con la clave SUP-JLI-30/2017, así como su radicación, en la Ponencia a su cargo.

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Jurisdicción y competencia. La Sala Superior es competente para conocer del presente juicio para dirimir los conflictos o diferencias laborales de los servidores del Instituto Nacional Electoral, en términos de lo dispuesto en los artículos 99, párrafo cuarto, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados...

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