Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-1486-2017), 10-01-2018

Número de expedienteSUP-REC-1486-2017
Fecha10 Enero 2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
SUP-REC-1486/2017

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-REC-1486/2017.

RECURRENTE: EDUBIN MISTERKELLY PÉREZ PÉREZ.

AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ.

MAGISTRADO PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES.

SECRETARIA: MARCELA ELENA FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ.

COLABORÓ: CLAUDIA MARISOL LÓPEZ ALCÁNTARA.

Ciudad de México, a diez de enero de dos mil dieciocho.

VISTOS, para resolver los autos del recurso de reconsideración al rubro indicado, interpuesto por Edubin Misterkelly Pérez Pérez, por propio derecho, ostentándose como Presidente del Consejo Electoral Municipal de Ocotepec, Chiapas, contra la sentencia dictada por la Sala Regional Xalapa en el expediente identificado con la clave SX-JDC-847/2017, que confirmó la diversa del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas en el juicio ciudadano local TEECH/JDC/055/2017, que entre otras cuestiones, revocó el acuerdo IEPC/CG-A/063/2017, emitido por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de la referida entidad federativa, respecto a la designación de Presidente del Consejo Electoral Municipal de Ocotepec, Chiapas.

R E S U L T A N D O

I. Antecedentes. De lo narrado por el recurrente en su escrito de demanda, y de las constancias que obran en el expediente, se advierte lo siguiente.

1. Aprobación de lineamientos. El treinta de junio de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas, mediante el acuerdo IEPC/CG-A/021/2017, aprobó los lineamientos para la designación de Presidentes, Secretarios Técnicos y Consejeros Electorales de los órganos desconcentrados del citado Instituto, para el proceso electoral local ordinario 2017-2018.

2. Convocatoria. El veinte de julio siguiente, el mencionado Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana emitió la convocatoria para participar en el proceso de designación de consejeras y consejeros presidentes, consejeras y consejeros electorales, secretarias y secretarios técnicos de los consejos distritales y municipales electorales, en el proceso electoral ordinario 2017-2018.

3. Solicitud de pre-registro electrónico. El treinta de agosto posterior, Edubin Misterkelly Pérez Pérez formuló su solicitud de pre-registro electrónico como aspirante a presidente del Consejo Electoral Municipal de Ocotepec.

4. Examen de conocimientos. El cuatro de octubre de ese año, se llevó a cabo la evaluación de conocimientos y aptitudes en las sedes regionales establecidas en las convocatorias.

5. Publicación de los resultados. El seis de noviembre inmediato, en la página oficial del Instituto de Elecciones y de Participación Ciudadana de Chiapas se publicaron los resultados del examen de conocimientos.

6. Etapa de valoración curricular y entrevista presencial. El once de noviembre siguiente, el Consejo General del Instituto local emitió el acuerdo IEPC/CG-A/055/2017, en el cual aprobó las Comisiones de las y los Consejeros Electorales, sedes, fechas y horarios para realizar las entrevistas a los aspirantes que accedieron a dicha etapa.

7. Entrevistas. Del quince al veintidós de noviembre posterior, se llevaron a cabo las entrevistas a los aspirantes que accedieron a la referida etapa.

8. Dictamen. El veintinueve de noviembre de dos mil diecisiete, la Comisión Permanente de Organización Electoral del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana celebró sesión en la que emitió el dictamen correspondiente a la integración de los Consejos Distritales y Municipales Electorales.

9. Designación de Consejeros. El treinta del mismo mes y año, el Consejo General emitió el acuerdo IEPC/CG-A/063/2017 en el que, entre otras cuestiones, realizó la designación de Edubin Misterkelly Pérez Pérez, para ocupar el cargo de Consejero Presidente del Consejo Electoral Municipal de Ocotepec, Chiapas.

II. Juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano TEECH/JDC/055/2017. El dos de diciembre de dos mil diecisiete, Evangelio Morales Hernández promovió juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, a fin de controvertir la designación indicada en el punto anterior, compareciendo el hoy recurrente en su carácter de tercero interesado.

El diez de diciembre siguiente, se emitió resolución en la que, entre otras cuestiones, revocó el acuerdo IEPC/CG-A/063/2017, respecto de la designación del Consejero Presidente del Consejo Electoral Municipal Electoral de Ocotepec, Chiapas, a favor de Edubin Misterkelly Pérez Pérez, ordenando al Consejo General dejar sin efectos tal designación, así como la toma de protesta, y designar a quien debería sustituir el cargo en mención.

III. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SX-JDC-847/2017.

1. Demanda. El trece de diciembre de dos mil diecisiete, Edubin Misterkelly Pérez Pérez promovió juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, ante el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, a fin de controvertir la determinación precisada en el punto anterior.

2. Recepción El dieciocho siguiente, se recibió en la Oficialía de Partes de la Sala Regional Xalapa, la demanda, informe circunstanciado, y demás constancias relativas al trámite de medio de impugnación.

3. Turno. En la misma fecha, el Magistrado Presidente de esa Sala Regional acordó integrar el expediente SX-JDC-847/2017 y turnarlo a la ponencia del Magistrado Enrique Figueroa Ávila, para los efectos previstos en el artículo 19, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

4. Sentencia impugnada. El veintiuno de diciembre posterior, la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Chiapas.

IV. Recurso de reconsideración. En contra de la resolución anterior, el veintitrés de diciembre del dos mil diecisiete, Edubin Misterkelly Pérez Pérez interpuso recurso de reconsideración ante el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, mismo que fue recibido en la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el día veintiocho siguiente.

V. Recepción en Sala Superior. El veintinueve de diciembre de dos mil diecisiete, se recibió en la Oficialía de Partes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el oficio SG-JAX-1598/2017, mediante el cual remitió el medio de impugnación referido en el párrafo anterior, así como la documentación que estimó necesaria para resolverlo.

VI. Turno de expediente. En la propia fecha, la Magistrada Presidenta de la Sala Superior acordó integrar el expediente SUP-REC-1486/2017, y turnarlo a la ponencia del Magistrado Indalfer Infante Gonzales, para los efectos previstos en el artículo 19, de la invocada Ley General de Medios.

VII. Radicación. En su oportunidad, el Magistrado Instructor acordó la radicación del presente asunto.

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Jurisdicción y competencia. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ejerce jurisdicción y la Sala Superior es competente para conocer y resolver el presente medio de impugnación, de conformidad con lo...

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