Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-SFA-0020-2017), 16-08-2017

Fecha16 Agosto 2017
Número de expedienteSUP-SFA-0020-2017
Tipo de procesoSolicitud de ejercicio de la facultad de atración de la Sala Superior
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-SFA-20/2017

SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN DE LA SALA SUPERIOR

EXPEDIENTE: SUP-SFA-20/2017

SOLICITANTE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ

MAGISTRADA PONENTE: JANINE M. OTÁLORA MALASSIS

SECRETARIA: GABRIELA FIGUEROA SALMORÁN

Ciudad de México, a dieciséis de agosto de dos mil diecisiete.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta sentencia en el sentido de determinar procedente el ejercicio de la facultad de atracción planteada por la Sala Regional Xalapa, relacionada con las impugnaciones de tres ciudadanas, en contra de la resolución del Tribunal Electoral de Veracruz (en adelante Tribunal local), en la que revocó en lo que fue materia de impugnación el acuerdo OPLEV/CG211/2017, por el cual se aprobaron los procedimientos y criterios para la asignación de regidurías en los ayuntamientos en Veracruz.

A N T E C E D E N T E S:

I. Acuerdo OPLEV/CG211/2017. El diez de julio, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz (en adelante Consejo General) aprobó el acuerdo “por el que se aprueban los procedimientos y criterios para la asignación de regidurías en los ayuntamientos, en el proceso electoral 2016-2017".

II. Recursos de apelación. El catorce, quince, dieciséis y diecinueve de julio siguientes, los partidos del Trabajo, Movimiento Ciudadano, MORENA y Encuentro Social, promovieron sendos recursos de apelación en contra del acuerdo anteriormente referido. Dichos medios de impugnación fueron radicados por el Tribunal local con las claves RAP-99/2017, RAP-100/2017, RAP-101/2017, RAP-102/2017 y RAP-103/2017.

III. Resolución impugnada. El cuatro de agosto del presente año, el Tribunal local resolvió los recursos de apelación en el sentido de revocar en lo que fue materia de impugnación el acuerdo OPLEV/CG211/2017 y ordenó al Consejo General del OPLEV que dentro de los cinco días siguientes a que fueron notificados, emitiera otros criterios en los que tomara en cuenta las consideraciones adoptadas en dicha resolución.

IV. Juicios ciudadanos federales. En contra de lo resuelto por el Tribunal local, el nueve, diez y once de agosto, diversos ciudadanos, así como los partidos Acción Nacional y Morena, promovieron juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (en adelante juicios ciudadanos), y de revisión constitucional electoral.

Los juicios fueron identificados en la Sala Xalapa con las claves SX-JDC-604/2017 al SX-JDC-644/2017...

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