Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSG -RAP-0198-2017), 27-09-2017

Número de expedienteSG -RAP-0198-2017
Fecha27 Septiembre 2017
EmisorTribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (México)
Tipo de procesoRecurso de apelación
SG-RAP-0198/2017

RECURSO DE APELACIÓN

EXPEDIENTE: SG-RAP-198/2017

RECURRENTE: LUIS ALEJANDRO GÁNDARA ALVARADO

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADA: GABRIELA DEL VALLE PÉREZ

SECRETARIO: MARINO EDWIN GUZMAN RAMÍREZ

Guadalajara, Jalisco, veintisiete de septiembre de dos mil diecisiete.

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sesión pública de esta fecha, emite sentencia en el sentido de confirmar el Dictamen Consolidado y la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral INE-CG299/2017 y INE/CG301/2017, controvertidos por Luis Alejandro Gándara Alvarado, como a continuación se precisa.

Conclusiones

Agravio

Sentencia

Motivos

2. Omite presentar informe de la contratación de espectaculares

La responsable violó su garantía de audiencia toda vez que no tomó en consideración la documentación adjunta a su contestación al oficio de errores y omisiones

Confirma

No se violó su garantía de audiencia pues de las constancias que obran en el expediente se advierte que la responsable sí le notificó el oficio de errores y omisiones el recurrente dio respuesta al mismo y este último fue tomado en cuenta en el dictamen y la resolución combatida

3. Omite informar de 56 registrados en agenda sin la debida anticipación

5. Omite negar la aportación de propaganda en especia

7. Omite presentar permiso de colocación de mantas

8. Omite presentar aviso de apertura de cuenta bancaria

9. Omite registrar gastos en la jornada electoral

10. Omite registrara 8 operaciones en tiempo real

ANTECEDENTES

De las constancias del expediente, se advierte lo siguiente:

I. Resolución impugnada. El diecisiete de julio de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (Consejo General) emitió, entre otras, la resolución INE/CG301/2017, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado INE/CG299/2017 de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y gastos de los candidatos a los cargos de Gobernador, diputados locales, ayuntamientos y regidores correspondiente al proceso electoral local ordinario 2016-2017, en el estado de Nayarit. (Candidatos Independientes).

II. Recurso de apelación

1. Presentación. El primero de septiembre siguiente Luis Alejandro Gándara Alvarado interpuso recurso de apelación contra la resolución señalada.

2. Turno. Mediante acuerdo de once de septiembre de este año, la Magistrada Presidenta acordó registrar el medio de impugnación con la clave SG-RAP-198/2017 y turnarlo a su ponencia para su sustanciación.

3. Radicación. Por acuerdo de doce siguiente la Magistrada instructora radicó en su ponencia el presente recurso de apelación.

4. Requerimiento. Mediante acuerdo de dieciocho de septiembre de este año, la Magistrada instructora requirió al Consejo General, diversa documentación para la debida sustanciación del medio de impugnación que nos ocupa.

En todos los casos, la autoridad responsable cumplió los diversos requerimientos que le fueron formulados.

5. Admisión y cierre de instrucción. En su oportunidad se decretó su admisión del medio de impugnación y se declaró cerrada la instrucción, quedando el recurso en estado de resolución.

RAZONES Y FUNDAMENTOS

PRIMERO. Jurisdicción y competencia. Esta Sala Regional correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal con cabecera en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, es competente para conocer y resolver el recurso de apelación con fundamento en:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: (Constitución) Artículos 41, base VI, y 99, fracción V.

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación: Artículos 1 fracción II; 184; 185; 186, fracción III, inciso c) y 195.

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral: (Ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR