Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-AG-0026-2017), 04-04-2017
Número de expediente | SUP-AG-0026-2017 |
Fecha | 04 Abril 2017 |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Asuntos generales |
ACUERDO DE SALA ASUNTO GENERAL EXPEDIENTE: SUP-AG-26/2017 ACTORA: EMMA QUINTERO NÚÑEZ DEMANDADOS: INE Y OTRO MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN SECRETARIO: HUGO DOMÍNGUEZ BALBOA |
Ciudad de México, a cuatro de abril de dos mil diecisiete
Acuerdo de sala que determina la competencia de la Sala Regional correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal con sede en Toluca, Estado de México, para conocer del expediente citado al rubro, por tratarse de una controversia relacionada con una trabajadora de una Junta Distrital Ejecutiva, con domicilio en el Estado de México.
GLOSARIO
INE: | Instituto Nacional Electoral |
Junta Distrital Ejecutiva: | Junta Distrital Ejecutiva número veintidós del Estado de México |
ISSSTE: | Instituto Nacional de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores |
Sala Regional Toluca: | Sala Regional correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal con sede en la ciudad de Toluca, Estado de México |
Tribunal Electoral: | Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación |
1. ANTECEDENTES
1.1 Demanda ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. El tres de febrero de dos mil dieciséis, la actora presentó una demanda para que se le designara como única beneficiaria de las prestaciones, derechos y acciones laborales generadas por el fallecimiento de su hija, Virginia Olmos Quintero, quien sostuvo una relación laboral con el INE.
1.2 Declaración de incompetencia del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje. El tres de marzo de dos mil dieciséis, los Magistrados integrantes de la Quinta Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje se declararon incompetentes para conocer de la demanda presentada por la actora y ordenaron remitir los autos del expediente identificado con clave 698/16 a la Sala Regional del Tribunal Electoral con sede en la Ciudad de México.
1.3 Declaración de incompetencia de la Sala Regional Ciudad de México. El dieciséis de marzo de dos mil diecisiete, el Presidente de la Sala Regional Ciudad de México ordenó remitir los autos del presente juicio a la Sala Regional Toluca, por considerar que ese órgano jurisdiccional era el competente para conocer de una controversia derivada de una relación laboral que involucra a una Junta Distrital Ejecutiva con domicilio en el Estado de México.
1.4 Consulta competencial de la Sala Regional Toluca. El veintitrés de marzo de dos mil diecisiete, la Sala Regional Toluca emitió un acuerdo...
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