Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-1321-2017), 31-10-2017

Número de expedienteSUP-REC-1321-2017
Fecha31 Octubre 2017
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
SUP-REC-1321/2017

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-REC-1321/2017

RECURRENTE: FRANCISCO GUZMÁN CARRO

RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ (SALA XALAPA)

MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN

SECRETARIO: SANTIAGO JOSÉ VÁZQUEZ CAMACHO

Ciudad de México, a treinta y uno de octubre de dos mil diecisiete

Sentencia que desecha la demanda presentada por Francisco Guzmán Carro, en su carácter de Presidente Municipal de San Antonio Tepetlapa, Jamiltepec, Oaxaca, por la que impugna la resolución de la Sala Xalapa que obra en el expediente SX-JE-77/2017.

1. ANTECEDENTES

1.1. Contexto del Municipio San Antonio Tepetlapa, Jamiltepec, Oaxaca. El Municipio de San Antonio Tepetlapa, pertenece al Distrito de Jamiltepec de la Región de la Costa. De acuerdo al Censo de Población y Vivienda 2010, realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el municipio de San Antonio Tepetlapa contaba con un total de cuatro mil trecientos noventa y cuatro (4,394) habitantes en sus localidades, de los cuales, dos mil ciento once (2,111) son hombres y dos mil doscientos ochenta y tres (2,283) son mujeres; y de acuerdo con la última información recabada en 2015 por la referida institución, desciende a un total de 4,245 habitantes.

Además de la cabecera, el Municipio cuenta con la agencia municipal de San Pedro Tulixtlahuaca y la localidad de Barrio El Cafetal. La elección de autoridades en todo el Municipio se rige por sus usos y costumbres o sistema normativo interno, en el cual se nombra al Presidente Municipal, al Síndico, Regidor de Hacienda, Regidor de Educación, Regidor de Obras, Regidor de Salud y a sus respectivos suplentes (a partir de la elección extraordinaria, también al Regidor de Cultura y su suplente).

1.2. Elección extraordinaria en el Ayuntamiento de San Antonio Tepetlapa, Jamiltepec, Oaxaca. Conforme a lo ordenado por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca en el expediente JNI/85/2017 de veintidós de febrero y por la Sala Xalapa en los juicios ciudadanos SX-JDC-98/2017 y acumulado de veintitrés de marzo del presente año, se confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-328/2016 del Consejo General del Instituto electoral local que calificó como no válida la elección ordinaria de concejales del Ayuntamiento de San Antonio Tepetlapa, Jamiltepec, Oaxaca.

Derivado de ello, el dos de abril se llevó a cabo una elección extraordinaria de nombramiento de concejales para integrar el ayuntamiento. En dicha elección fue nombrado como Presidente Municipal el señor Francisco Guzmán Carro.

1.3. Juicio de sistemas normativos...

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