Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSM-JRC-0046-2017), 14-12-2017
Fecha | 14 Diciembre 2017 |
Número de expediente | SM-JRC-0046-2017 |
Emisor | Sala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Juicio de revisión constitucional electoral |
JUICIO DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL EXPEDIENTE: SM-JRC-46/2017 ACTOR: PARTIDO ACCIÓN NACIONAL RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS MAGISTRADO PONENTE: YAIRSINIO DAVID GARCÍA ORTIZ SECRETARIO: VÍCTOR MONTOYA AYALA |
Monterrey, Nuevo León, a catorce de diciembre de dos mil diecisiete.
Sentencia definitiva que confirma la resolución que dictó el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas en el recurso de apelación 12/2017, toda vez que: a) no existe certeza de las coaliciones que participarán en el proceso electoral local, y b) el partido actor no controvierte las razones con las que el Tribunal responsable consideró que no se violentan los principios de igualdad y equidad.
GLOSARIO
Cuadernillo: | Cuadernillo de consulta para votos válidos y votos nulos para el desarrollo de la sesión especial de cómputos municipales |
IETAM: | Instituto Electoral de Tamaulipas |
Lineamientos: | Lineamientos para la sesión especial de cómputos municipales del proceso electoral local 2017-2018 |
PAN: | Partido Acción Nacional |
1. ANTECEDENTES DEL CASO
1.1 Acuerdo IETAM/CG-17/2017. El treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete, el Consejo General del IETAM aprobó el acuerdo relativo a la emisión de los "Lineamientos para la sesión especial de cómputos municipales del proceso electoral local 2017-2018 y su anexo consistente en el cuadernillo de consulta sobre votos válidos y votos nulos", el cual se revocó en virtud de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, dentro del expediente TE-RAP-08/2017, de cuatro de octubre posterior.
1.2 Acuerdo IETAM/CG-31/2017. El dieciocho de octubre de este año, en cumplimiento a dicha ejecutoria, el Consejo General del IETAM aprobó el acuerdo por medio del cual se emitieron los Lineamientos y el Cuadernillo.
1.3 Sentencia impugnada. El veintidós de octubre, el PAN impugnó el acuerdo IETAM/CG-31/2017, por lo que se formó el expediente TE-RAP-12/2017.
El veintisiete de noviembre, el Tribunal Electoral local resolvió el medio de impugnación en el sentido de declarar infundados los agravios del partido actor.
2. COMPETENCIA
Esta Sala Regional es competente para conocer y resolver el presente juicio, en virtud de que se controvierte una sentencia que emitió el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, en la que se confirmó un acuerdo que establece lineamientos para los cómputos municipales del próximo proceso electoral que se llevará a cabo en la entidad federativa, la cual se ubica dentro de la Segunda Circunscripción Plurinominal Electoral, sobre la cual ejerce jurisdicción este órgano colegiado.
Lo anterior de conformidad con los artículos 195, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y 87, párrafo 1, inciso b), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
3. ESTUDIO DE FONDO
3.1 Planteamiento del caso
El Consejo General del IETAM aprobó los Lineamientos, en los cuales expresamente se estableció que "El cuadernillo tomará en cuenta todas las combinaciones de voto posibles, derivadas del número de partidos, coaliciones y candidaturas independientes registradas en cada tipo de elección".1
Por su parte, el Cuadernillo -que también lo aprobó el Consejo General y es un documento anexo a los Lineamientos-, en su apartado "II. Votos válidos para coaliciones" contiene diversas imágenes de marcas sobre las boletas electorales en las que se ejemplifica la intención del electorado de votar por la coalición que en el proceso ordinario 2015-2016 formaron los partidos políticos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza.2
El PAN impugnó el acuerdo por medio del cual se aprobaron los documentos en mención, y expresó lo siguiente:
● Se vulnera la congruencia interna, pues los Lineamientos establecen que se tomarán en cuenta todas las combinaciones posibles de partidos, coaliciones y candidaturas independientes registradas, y en el Cuadernillo sólo se realizaron ejercicios de una coalición que se formó el proceso electoral pasado.
● Violación a...
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