Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-IMP-0001-2017), 22-05-2017

Número de expedienteSUP-IMP-0001-2017
Fecha22 Mayo 2017
Tipo de procesoImpedimentos para que los magistrados electorales conozcan de un determinado medio de impugnación
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-IMP-1/2017

IMPEDIMENTO SOBRE EL CONOCIMIENTO DE UN MEDIO DE IMPUGNACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-IMP-1/2017

ACTOR: ISIDRO PASTOR MEDRANO

MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA

SECRETARIO: ERNESTO CAMACHO OCHOA

Ciudad de México, a veintidós de mayo de dos mil diecisiete.

Sentencia que declara infundada la solicitud de impedimento promovida por Isidro Pastor Medrano, en su carácter de aspirante a candidato independiente a Gobernador del Estado de México, con la pretensión de que el Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, se abstenga del conocimiento del SUP-JDC-307/2017.

ÍNDICE

Glosario

1

Antecedentes

2

1. Procedimiento y controversia sobre el registro de candidato independiente.

2

2. Juicios o hechos con base en los cuales se presentó la queja de responsabilidad número TE-SUP-QRA-1/2017, en la que se sustenta la petición de impedimento.

2

3. Queja de responsabilidad administrativa.

3

4. Solicitud de impedimento.

3

5. Resolución de la queja administrativa.

4

Competencia

4

Improcedencia de la petición de impedimento

4

1. Decisión.

4

2. Marco normativo

4

3. Hechos base del impedimento

6

4. Valoración o juicio

7

Resuelve

7

GLOSARIO

Constitución

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Juicio ciudadano

Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

Instituto Local

Instituto Electoral del Estado de México.

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Orgánica

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

PVEM

Partido Verde Ecologista de México.

Sala Superior

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tribunal Electoral

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tribunal Local

Tribunal Electoral del Estado de México.

ANTECEDENTES

1. Procedimiento y controversia sobre el registro de candidato independiente.

a. Registro. El 2 de abril del 2017, el Consejo General del Instituto Local registró a Isidro Pastor Medrano candidato independiente a Gobernador del Estado de México.

b. Sentencia local que revoca el registro. El 18 de abril siguiente, el Tribunal Local, al resolver los recursos de apelación RA/13/2017 y acumulados, interpuestos por el PVEM y otros, dejó sin efectos el registro de Isidro Pastor Medrano como candidato independiente, y ordenó la reposición del procedimiento de validación de las cédulas de respaldo ciudadano.

2. Juicios o hechos con base en los cuales se presentó la queja de responsabilidad número TE-SUP-QRA-1/2017, en la que se sustenta la petición de impedimento.

a. Juicio ciudadano 270/2017. En desacuerdo con la sentencia local, el 21 de abril de 2017, a las dieciocho horas con veintinueve minutos, Isidro Pastor Medrano, promovió, per saltum, juicio ciudadano directamente ante este Tribunal Electoral, registrado como SUP-JDC-270/2017.

b. Juicio ciudadano 271/2017. Igualmente, en desacuerdo con la misma sentencia, a las dieciocho horas con treinta minutos, Isidro Pastor Medrano, promovió, per saltum, juicio ciudadano directamente ante este Tribunal Electoral, registrado como SUP-JDC-271/2017.

c. Sentencias de los juicios ciudadanos 270 y 271.

El 27 de abril siguiente, esta Sala Superior emitió sentencias en los juicios mencionados, en la que, sustancialmente, resolvió lo siguiente:

Por una parte, en el juicio ciudadano SUP-JDC-270/2017 confirmó, en la materia de impugnación, la sentencia del Tribunal Local, que dejó sin efectos el registro de Isidro Pastor Medrano como candidato independiente a Gobernador, y ordenó que se repusiera el procedimiento de validación de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR