Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-1362-2017), 07-11-2017

Fecha07 Noviembre 2017
Número de expedienteSUP-REC-1362-2017
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
SUP-REC-1362/2017.

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN.

EXPEDIENTE: SUP-REC-1362/2017.

RECURRENTE: MORENA.

RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ.

PONENTE: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO.

SECRETARIA: LAURA ANGÉLICA RAMÍREZ HERNÁNDEZ.

Ciudad de México, a siete de noviembre de dos mil diecisiete.

VISTOS para resolver los autos del Recurso de Reconsideración SUP-REC-1362/2017, interpuesto contra la sentencia dictada el doce de octubre de dos mil diecisiete por la Sala Regional del Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Veracruz, en el juicio de revisión constitucional electoral SX-JRC-119/2017; y

R E S U L T A N D O:

I. ANTECEDENTES.

1.Inicio del proceso electoral. El diez de noviembre de dos mil dieciséis, se realizó la sesión de instalación del Consejo General del Organismo Público Local Electoral del Estado de Veracruz, para dar inicio al proceso electoral ordinario 2016-2017 para la renovación de los doscientos doce ayuntamientos del Estado de Veracruz.

2.Jornada electoral. El cuatro de junio de dos mil diecisiete, se llevó a cabo la jornada electoral para elegir a los integrantes de los Ayuntamientos en el Estado de Veracruz, entre éstos, Hueyapan de Ocampo.

3.Sesión de cómputo municipal. El siete de junio del presente año, el Consejo Municipal Electoral de Hueyapan de Ocampo del instituto electoral local realizó la sesión del cómputo municipal, misma que concluyó el ocho de junio siguiente del cual se obtuvieron los resultados siguientes:

TOTAL DE VOTOS DEL MUNICIPIO DE HUEYAPAN DE OCAMPO, VERACRUZ

PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN

VOTACIÓN

CON NÚMERO

CON LETRA

1,952

Mil novecientos cincuenta y dos

683

Seiscientos ochenta y tres

591

Quinientos noventa y uno

1,341

Mil trecientos cuarenta y uno

3,135

Tres mil ciento treinta y cinco

531

Quinientos treinta y uno

4,557

Cuatro mil quinientos cincuenta y siete

3,827

Tres mil ochocientos veintisiete

2,263

Dos mil doscientos sesenta y tres

388

Trescientos ochenta y ocho

193

Ciento noventa y tres

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

8

Ocho

VOTOS NULOS

636

Seiscientos treinta y seis

VOTACIÓN TOTAL

20,105

Veinte mil ciento cinco

DISTRIBUCIÓN FINAL DE VOTOS A PARTIDOS Y CANDIDATURAS INDEPENDIENTES DEL MUNICIPIO DE HUEYAPAN DE OCAMPO, VERACRUZ

PARTIDO POLÍTICO O COALICIÓN

VOTACIÓN

CON NÚMERO

CON LETRA

2,146

Dos mil ciento cuarenta y seis

779

Setecientos setenta y nueve

785

Setecientos ochenta y cinco

1,438

Mil cuatrocientos treinta y ocho

3,135

Tres mil ciento treinta y cinco

531

Quinientos treinta y uno

4,557

Cuatro mil quinientos cincuenta y siete

3,827

Tres mil ochocientos veintisiete

2,263

Dos mil doscientos sesenta y tres

CANDIDATOS NO REGISTRADOS

8

Ocho

VOTOS NULOS

636

Seiscientos treinta y seis

VOTACIÓN TOTAL

20,105

Veinte mil ciento cinco

4.Declaración de validez y entrega de constancias de mayoría. El Consejo Municipal referido declaró la validez de la elección y otorgó las constancias de mayoría y validez a la fórmula de candidatos postulados por el Partido Nueva Alianza.

5. Medio de impugnación local RIN 96/2017. Inconforme, el doce de junio del presente año, el Partido Morena, a través de su representante suplente ante el Consejo Municipal Electoral del instituto local, con cabecera en Hueyapan de Ocampo, interpuso recurso de inconformidad contra el cómputo municipal de integrantes del Ayuntamiento referido, la declaratoria de validez de la elección y la entrega de las constancias de mayoría respectivas, mismo que fue radicado por el Tribunal Electoral de Veracruz con la clave RIN 96/2017.

6.Sentencia impugnada. El doce de agosto siguiente, el Tribunal Electoral de Veracruz emitió sentencia en el citado medio de impugnación, en la cual confirmó el acuerdo reclamado.

7. Juicio de Revisión Constitucional Electoral. El dieciocho de agosto del año en curso, MORENA promovió juicio de revisión constitucional electoral contra la sentencia dictada por el tribunal local, del cual conoció la Sala Xalapa en el expediente SX-JRC-119/2017, y lo resolvió el doce de...

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