Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0091-2018), 07-03-2018

Fecha07 Marzo 2018
Número de expedienteSUP-JDC-0091-2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
SUP-JDC-91/2018-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SUP-JDC-91/2018

ACTORA: BEATRIZ MOJICA MORGA

AUTORIDADES RESPONSABLES: COMISIÓN ELECTORAL DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA Y OTRAS

MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN

SECRETARIOS: AUGUSTO ARTURO COLÍN AGUADO Y JUAN GUILLERMO GUEVARA CASILLAS

Ciudad de México, a siete de marzo de dos mil dieciocho

Acuerdo mediante el cual esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación decide: 1) declarar improcedente el medio de impugnación porque Beatriz Mojica Morga no agotó la instancia intrapartidista y no se justifica que el asunto se resuelva a través de un salto de instancia; y 2) ordenar su reencauzamiento a una queja electoral ante la Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática.

CONTENIDO

GLOSARIO……………………….………………………2

1. ANTECEDENTES…………………………………….2

2. ACTUACIÓN COLEGIADA…………………………..3

3. COMPETENCIA……………………………………….3

4. ESTUDIO DE PROCEDENCIA………………………4

5. REENCAUZAIMIENTO………………………………..8

6. ACUERDOS…………………………………………….9

GLOSARIO

CEN:

Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática

Comisión Electoral:

Comisión Electoral del Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática

Comisión Jurisdiccional:

Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática

INE:

Instituto Nacional Electoral

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Mesa Directiva:

Mesa Directiva del IX Consejo Nacional del Partido de la Revolución Democrática

PRD:

Partido de la Revolución Democrática

1. ANTECEDENTES

1.1. Emisión de convocatoria. El dieciocho de noviembre de dos mil diecisiete, el PRD emitió la Convocatoria para elegir a las candidatas y candidatos para la presidencia de la República, senadurías y diputaciones federales para el proceso electoral 2017-2018.

1.2. Registro de precandidatura. El seis de febrero de este año, Beatriz Mojica Morga obtuvo su registro para participar en la contienda interna para obtener una candidatura para una senaduría por el principio de representación proporcional.

1.3. Pleno del IX Consejo Nacional del PRD. Los días once y diecisiete de febrero de dos mil dieciocho, se llevó a cabo el Décimo Cuarto Pleno Extraordinario del IX Consejo Nacional con carácter electivo de las candidaturas a senadurías y diputaciones federales por ambos principios.

1.4. Solicitud de información. El veintisiete de febrero, la actora solicitó al partido copias certificadas del acta de la sesión, videos y versión estenográfica, así como de los acuerdos aprobados durante la continuación de los trabajos de la sesión del Consejo Nacional del diecisiete de febrero.

También solicitó copias certificadas de las listas de registros de candidaturas por el principio de representación proporcional al Senado de la República y del dictamen mediante el cual se aprobó dicha lista de candidaturas.

1.5. Presentación de un juicio ciudadano federal. El cuatro de marzo, la actora promovió el presente medio de impugnación

2. ACTUACIÓN COLEGIADA

El presente asunto debe atenderse por esta Sala Superior mediante actuación colegiada, porque se trata de determinar a qué órgano le corresponde sustanciar y resolver el medio de impugnación presentado, lo cual no...

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