Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSM-JE-0001-2018), 31-01-2018

Número de expedienteSM-JE-0001-2018
Fecha31 Enero 2018
EmisorSala Regional Monterey (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio electoral
SM-JE-0001-2018

JUICIO ELECTORAL

EXPEDIENTE: SM-JE-1/2018

ACTOR: JORGE LUIS DÍAZ SALINAS

RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

MAGISTRADO PONENTE: JORGE EMILIO SÁNCHEZ-CORDERO GROSSMANN

SECRETARIO: JUAN ANTONIO PALOMARES LEAL

Monterrey, Nuevo León, a treinta y uno de enero de dos mil dieciocho.

Sentencia definitiva que sobresee en el juicio, al haber quedado sin materia la controversia objeto del presente asunto, pues dejó de subsistir la omisión de resolver alegada por el actor, en tanto que con motivo de los desistimientos en el expediente TESLP/JDC/10/2017 y su acumulado TESLP/JE/01/2017, el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí sobreseyó en los referidos juicios.

GLOSARIO

Congreso local

Congreso del Estado de San Luis Potosí

Ley de Justicia

Ley de Justicia Electoral del Estado de San Luis Potosí

Ley de Medios

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

PAN

Partido Acción Nacional

Tribunal local

Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí

1. HECHOS RELEVANTES

I. El quince de marzo de dos mil diecisiete, Xitlalic Sánchez Servín presentó ante el Tribunal local un juicio para la protección de los derechos políticos del ciudadano1 –radicado bajo el número TESLP/JDC/10/2017– a través del cual reclamó la negativa tanto de la mesa directiva del Congreso local como de la Junta de Coordinación Política del mismo órgano legislativo, de tener por realizado y darle efectos legales al nombramiento que expidió el Presidente del Comité Directivo Estatal del PAN para designarla como Coordinadora del Grupo Parlamentario de dicho partido político.

II. En esa misma fecha, Xavier Azuara Zúñiga presentó ante el Tribunal local un juicio electoral2, a través del cual, reclamó: a) la omisión del Congreso local, de acordar y darle efectos legales a la designación que realizó respecto a la Coordinación del Grupo Parlamentario del PAN; y, b) la designación del Diputado Enrique Alejandro Flores Flores, como Presidente de la Junta de la Coordinación Política del Congreso local, tramitándose el expediente TESLP/JE/01/2017.

III. El veintiocho de marzo de dos mil diecisiete, la Junta de Coordinación Política del Congreso local, por conducto de su Vicepresidenta, rindió su informe circunstanciado ante el Tribunal local3.

IV. El cinco de abril de dos mil diecisiete, el Presidente del Tribunal local, en atención al acuerdo plenario de esa misma fecha, procedió a ordenar la acumulación del expediente TESLP/JE/01/2017 al diverso TESLP/JDC/10/20174.

V. El veintisiete de abril de dos mil diecisiete, el Presidente del Tribunal local, admitió a trámite el expediente TESLP/JDC/10/2017 y su acumulado TESLP/JE/01/2017, solicitando además diversa documentación a la Sala Superior de este Tribunal y al Congreso local, reservándose el cierre de...

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