Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-AG-0011-2018), 13-02-2018

Fecha13 Febrero 2018
Número de expedienteSUP-AG-0011-2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoAsuntos generales
SUP-AG-11/2018

ASUNTO GENERAL

CUESTIÓN COMPETENCIAL

EXPEDIENTE: SUP-AG-11/2018

SOLICITANTE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL FEDERAL CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL ELECTORAL CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ

MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN

SECRETARIOS: OLIVER GONZÁLEZ GARZA Y ÁVILA Y RAMIRO IGNACIO LÓPEZ MUÑOZ

Ciudad de México, a trece de febrero de dos mil dieciocho

Acuerdo de esta Sala Superior en el que se determina que corresponde al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca conocer del recurso de apelación en el que el Partido Acción Nacional impugna la resolución IEEPCO-CG-01/2018 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca. En esa resolución se establecen las cifras del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y gastos de campañas de los partidos políticos para el ejercicio 2018.

CONTENIDO

GLOSARIO…………………………………2

1. ANTECEDENTES………………………2

2. ACTUACIÓN COLEGIADA………….…5

3. DETERMINACIÓN………………………5

4. PUNTO DE ACUERDO………………..13

GLOSARIO

Acuerdo IEEPCO-CG-01/2018:

Acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, por el cual se establecen las cifras del financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y gastos de campaña de los partidos políticos para el ejercicio 2018

Consejo General del IEEPCO:

Consejo General del Instituto Estatal Electoral y Participación Ciudadana de Oaxaca

Constitución General:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley Orgánica:

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Reglamento Interno:

Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Sala Regional Xalapa:

Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal correspondiente a la tercera circunscripción plurinominal electoral con sede en Xalapa, Veracruz

Salas Regionales:

Salas Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con excepción de la Especializada

Sala Superior:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tribunal Local:

Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca

1. ANTECEDENTES

1.1. Acuerdo General 7/2017. El diez de octubre de dos mil diecisiete, esta Sala Superior, emitió el Acuerdo General 7/2017 “POR EL CUAL SE ORDENA LA DELEGACIÓN DE ASUNTOS DE SU COMPETENCIA, EN MATERIA DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO QUE RECIBEN LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES EN EL ÁMBITO ESTATAL PARA SU RESOLUCIÓN A LAS SALAS REGIONALES.” El trece de octubre siguiente, tal determinación se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

1.2. Acuerdo IEEPCO-CG-01/2018. El seis de enero de dos mil dieciocho, el Consejo General del IEEPCO aprobó el Acuerdo en cuestión, por el cual se determinaron las cifras de financiamiento público para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y gastos de campaña de los partidos para el ejercicio dos mil dieciocho.

1.3. Medio de impugnación. El diez de enero de dos mil dieciocho, el Partido Acción Nacional, a través de su representante propietario, promovió un recurso de apelación ante la autoridad responsable.

1.4. Recepción en el Tribunal local y reconducción a la Sala Regional Xalapa. La demanda la conoció en primer término el Tribunal local; sin embargo, mediante un Acuerdo plenario aprobado el dieciocho de enero de dos mil dieciocho, en el recurso de apelación RA/05/2018, se ordenó la reconducción de la demanda y sus constancias a la Sala Regional Xalapa al estimar que el acto impugnado se encuentra relacionado con el otorgamiento de financiamiento público en favor de un partido político nacional con acreditación en el estado de Oaxaca, acto que es materia de conocimiento de la Sala Regional Xalapa de conformidad con el Acuerdo General 7/2017.

Al respecto, el Tribunal local también expresó que en el acuerdo de quince de enero de dos mil dieciocho, emitido en el cuaderno de antecedentes número 16/2018, esta Sala Superior determinó remitir la demanda presentada por el Partido del Trabajo (mediante la cual impugnó el Acuerdo IEEPCO-CG-01/2018) a la Sala Regional Xalapa a efecto de que conociera la controversia planteada. Este asunto...

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