Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-RAP-0040-2018), 15-03-2018

Número de expedienteSUP-RAP-0040-2018
Fecha15 Marzo 2018
Tipo de procesoRecurso de apelación
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-RAP-40/2018-Acuerdo1

ACUERDO DE COMPETENCIA

RECURSO DE APELACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-RAP-40/2018

RECURRENTE: ÁNGEL ALBERTO BARROSO CORREA

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ LUIS VARGAS VALDEZ

SECRETARIO: RAÚL ZEUZ ÁVILA SÁNCHEZ

COLABORÓ: JUAN CARLOS RUIZ ESPÍNDOLA Y CLAUDIA ELIZABETH ROSAS RUIZ

Ciudad de México, a quince de marzo de dos mil dieciocho.

ACUERDO, por el que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación remite para su conocimiento y resolución a la Sala Regional Monterrey, el recurso de apelación interpuesto por Ángel Alberto Barroso Correa, en contra del acuerdo INE/CG89/2018 emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingreso y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención de apoyo ciudadano de las y los aspirantes al cargo de diputados federales, correspondientes al proceso electoral federal ordinario 2017-2018.

ÍNDICE

ANTECEDENTES…………………………………………………...2

CONSDIERACIONES……………………………………………....3

ACUERDA…………………………………………………………....8

ANTECEDENTES

1. De las constancias que obran en el expediente se advierte lo siguiente:

2. I. Acuerdo INE/CG426/2017. El ocho de septiembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el acuerdo referido, por el que emitió la convocatoria a las ciudadanas y ciudadanos con interés en postularse como candidatas y candidatos independientes a la presidencia de la república, senaduría y diputaciones federales por el principio de mayoría relativa y se determinó el monto del tope máximo de gastos para los actos tendentes a recabar el apoyo ciudadano para contender como candidato o candidata independiente en el Proceso Electoral Federal 2017-2018.

3. II. Resolución impugnada INE/CG89/2018. El catorce de febrero de dos mil dieciocho, el Consejo General del INE sancionó al ahora recurrente por diversas irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes de ingresos y gastos para el desarrollo de las actividades para la obtención de apoyo ciudadano de los aspirantes al cargo de diputados federales para el proceso electoral federal 2017-2018.

4. III. Recurso de Apelación. El seis de marzo del año en curso, Ángel Alberto Barroso Correa, interpuso recurso de apelación ante la Sala Regional Monterrey de este Tribunal Electoral, para controvertir la referida resolución.

5. IV. Acuerdo de la Sala Regional Monterrey. El seis de...

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