Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JRC-0004-2017), 01-02-2017

Número de expedienteSUP-JRC-0004-2017
Fecha01 Febrero 2017
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio de revisión constitucional electoral
SUP-JRC-4/2017-Inc1

INCIDENTE DE ACLARACIÓN DE SENTENCIA

JUICIOS DE REVISIÓN CONSTITUCIONAL ELECTORAL: SUP-JRC-4/2017, SUP-JRC-5/2017, SUP-JRC-6/2017 Y SUP-JRC-3/2017

INCIDENTISTA: NUEVA ALIANZA

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DE VERACRUZ

MAGISTRADO PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES

SECRETARIO: ADÁN JERÓNIMO NAVARRETE GARCÍA

Ciudad de México, a diez de febrero de dos mil diecisiete.

R E S O L U C I Ó N

Que recae al incidente de aclaración de la sentencia dictada el uno de febrero de dos mil diecisiete, en el Juicio de Revisión Constitucional identificado con la clave SUP-JRC-04/2017 y sus acumulados, promovido por Nueva Alianza y otros, y

R E S U L T A N D O

I. Antecedentes. De la narración de hechos que el actor hace en su escrito de demanda incidental de aclaración de sentencia, así como de las constancias que obran en los autos del expediente en que se actúa, se advierte que el uno de febrero de dos mil diecisiete, esta Sala Superior dictó sentencia en el juicio de revisión constitucional al rubro indicado, en el sentido de revocar las sentencias impugnadas, así como el acuerdo dictado por el organismo público local electoral de Veracruz registrado con la clave OPLEV/CG282/2016, para el efecto de que ese organismo, a la brevedad, dictara un nuevo acuerdo en el que incluya el otorgamiento de financiamiento a favor de los partidos políticos nacionales que participaron en la elección inmediata anterior de diputados locales en Veracruz y que no obtuvieron el 3% de la votación válida emitida, pero no han perdido su registro como partidos nacionales.

II. Escrito incidental de aclaración de sentencia. Mediante escrito presentado el tres de febrero en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior, el Presidente del Comité de Dirección Nacional de Nueva Alianza promovió incidente de aclaración respecto de la sentencia dictada por esta Sala Superior en el juicio de revisión constitucional SUP-JRC-04/2017 y sus acumulados.

III. Remisión a Ponencia. Mediante proveído de tres de febrero, en cumplimiento al auto de turno de misma fecha, la Secretaria General de Acuerdos de esta Sala Superior remitió, a la Ponencia del Magistrado Indalfer Infante Gonzales, el escrito de aclaración de sentencia presentado, así como los expedientes al rubro indicado.

IV. Radicación. En su oportunidad, el Magistrado Instructor tuvo por recibidos los expedientes, así como el mencionado escrito de aclaración de sentencia, ordenó elaborar el proyecto respectivo, para proponer a la Sala Superior la resolución que en Derecho corresponda.

C O N S I D E R A N D O

PRIMERO. Competencia. Esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación es competente para conocer y resolver el presente incidente de aclaración de sentencia, conforme a lo previsto por los artículos 17, 41, párrafo segundo, base VI, y 99, párrafo cuarto, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 186, fracción X...

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