Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-0088-2018), 22-03-2018

Fecha22 Marzo 2018
Número de expedienteSUP-REC-0088-2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
SUP-REC-88/2018

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-REC-88/2018

RECURRENTE: PARTIDO DEL TRABAJO

AUTORIDAD RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL, CON SEDE EN XALAPA, VERACRUZ

MAGISTRADO PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES

SECRETARIA: MARCELA ELENA FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ

COLABORARON: OMAR ENRIQUE ALBERTO HINOJOSA OCHOA Y MARCO VINICIO ORTIZ ALANIS

Ciudad de México, a veintidós de marzo de dos mil dieciocho.

VISTOS, para resolver los autos del recurso de reconsideración al rubro indicado, en el que se impugna la resolución dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Tercera Circunscripción Plurinominal, con sede en Xalapa, Veracruz, al resolver el juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano y el juicio de revisión constitucional electoral, identificado con clave SX-JDC-108/2018 y su acumulado SX-JRC-34/2018.

R E S U L T A N D O

I. Antecedentes. De los hechos narrados por el recurrente en su escrito inicial y de las constancias que obran en el expediente se advierte lo siguiente:

1. Inicio del proceso electoral en el Estado de Oaxaca. El seis de septiembre de dos mil diecisiete, dio inicio el proceso electoral ordinario 2017-2018, para renovar a los integrantes de la Legislatura local y a los miembros de los Ayuntamientos en el Estado de Oaxaca.

2. Acuerdo IEEPCO-CG-80/2017. El treinta de diciembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadano de Oaxaca aprobó el acuerdo IEEPCO-CG-80/2017, por el cual se integró el Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados Electorales Preliminares para el presente proceso electoral en el referido Estado.

3. Recurso de Apelación local RA/03/2018. El tres de enero de dos mil dieciocho, el Partido del Trabajo presentó recurso de apelación a fin de impugnar el acuerdo señalado en el párrafo que antecede. Medio de impugnación al que se asignó la clave alfanumérica RA/03/2018.

4. Sentencia local. El diecinueve de febrero de dos mil dieciocho, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca resolvió el referido recurso de apelación en el sentido de revocar el acuerdo IEEPCO-CG-80/2017.

5. Juicio ciudadano y juicio de revisión constitucional electoral SX-JDC-108/2018 y su acumulado SX-JRC-34/2018. El veintitrés y veintiséis de febrero del año que...

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