Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-RAP-0046-2018), 22-03-2018
Fecha | 22 Marzo 2018 |
Número de expediente | SUP-RAP-0046-2018 |
Tipo de proceso | Recurso de apelación |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
RECURSO DE APELACIÓN EXPEDIENTE: SUP-RAP-46/2018 ACTOR: JORGE LÓPEZ MARÍN, EN SU CARÁCTER DE CONSEJERO DEL PODER LEGISLATIVO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL ANTE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL AUTORIDADES RESPONSABLES: ACTUARIO ADSCRITO A LA UNIDAD TÉCNICA DE LO CONTENCIOSO ELECTORAL DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Y OTRA MAGISTRADO PONENTE: REYES RODRÍGUEZ MONDRAGÓN SECRETARIOS: AUGUSTO ARTURO COLÍN AGUADO Y JUAN GUILLERMO CASILLAS GUEVARA |
Ciudad de México, en sesión pública de veintidós de marzo de dos mil dieciocho, la Sala Superior dicta sentencia en el expediente en que se actúa.
Resolución que desecha de plano el escrito del medio de impugnación presentado por Jorge López Marín, Consejero del Poder Legislativo del Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, debido a que la resolución dictada por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral de fecha siete de marzo de dos mil dieciocho, dentro del procedimiento ordinario sancionador UT/SCG/Q/CG/12/2016 y su acumulado, actualizó un cambio de situación jurídica que dejó sin materia el asunto.
CONTENIDO GLOSARIO………………………………………………………….2 1. ANTECEDENTES…………………………………………….….2 2. COMPETENCIA……………………………………………….….4 3. PRECISIÓN DE LOS ACTOS RECLAMADOS…………….….5 4. ESTUDIO DE PROCEDENCIA………………………….…….…5 5. RESOLUTIVO…………………………………………………...…8
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GLOSARIO
Constitución General: | |
INE: | Instituto Nacional Electoral |
Ley de Medios: | Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral |
PAN: | Partido Acción Nacional |
Unidad Técnica: | Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral |
1. ANTECEDENTES
1.1. Presentación de la demanda. El veinticinco de abril de dos mil dieciséis, el apelante, en su carácter de Consejero del Poder Legislativo del PAN ante el Consejo General del INE, presentó una denuncia –en contra de quien resulte responsable– con motivo del presunto uso indebido de información del padrón electoral. La denuncia se interpuso debido a que, en la página de internet Amazon, se encontró información consistente en nombres y domicilios de votantes mexicanos, la cual, presumiblemente, corresponde a la Lista Nominal de Electores.
1.2. Radicación y admisión del procedimiento...
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