Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0159-2017), 02-06-2017

Número de expedienteSUP-JDC-0159-2017
Fecha02 Junio 2017
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-JDC-159/2017

JUICIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO Y RECURSOS DE APELACIÓN

EXPEDIENTES: SUP-JDC-159/2017 Y ACUMULADOS

ACTORAS: LILIA IDALIA SARMIENTO BAUTISTA Y OTROS

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADA: JANINE M. OTÁLORA MALASSIS

SECRETARIADO: GENARO ESCOBAR AMBRIZ, JOSÉ REYNOSO NÚÑEZ, MARCELA TALAMÁS SALAZAR Y MARIBEL TATIANA REYES PÉREZ

SECRETARIADO AUXILIAR: MIGUEL ÁNGEL ORTIZ CUÉ Y SARA CADENA BENAVIDES

Ciudad de México, a dos de junio de dos mil diecisiete.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta sentencia en el juicio citado al rubro, en el sentido de confirmar, en la materia de impugnación, el acuerdo INE/CG59/2017 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral,1 el que aprobó la demarcación territorial de los trescientos distritos electorales federales uninominales en que se divide el país y sus respectivas cabeceras distritales, a propuesta de la Junta General Ejecutiva del referido Instituto.2

1 En adelante, Consejo General o autoridad responsable.

2 En adelante, Junta General.

ANTECEDENTES

I. Cuestiones previas

1. Protocolo para la Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas. El veintiséis de febrero de dos mil dieciséis, el Consejo General, mediante Acuerdo INE/CG93/2016, aprobó el Protocolo para la Consulta a Pueblos y Comunidades Indígenas en materia de distritación electoral.3

3 En adelante, Protocolo.

2. Criterios y Reglas Operativas para la Distritación Federal. El treinta de marzo, mediante Acuerdo INE/CG165/2016, el Consejo General aprobó los Criterios y Reglas Operativas para la Distritación Federal 2016-2017, la matriz que establece la jerarquización de los mismos para su respectiva aplicación, así como el número de distritos electorales federales uninominales que le corresponde a cada entidad federativa, en atención a lo dispuesto por el artículo 53 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.4

4 En adelante, Constitución federal.

3. Entrega del primer escenario federal a las instituciones indígenas representativas. Del veinticuatro al veintinueve de mayo, veintiocho de junio al tres de julio, nueve al catorce de agosto, seis al once de septiembre, y once al dieciséis de octubre de dos mil dieciséis, se entregó el primer escenario para la distritación electoral federal de cada entidad federativa a las y los representantes de las instituciones indígenas representativas.

4. Inconformidad del Frente de Presidentes Municipales de la Sierra Sur y Valles Centrales del estado de Oaxaca. Los días treinta de noviembre de dos mil dieciséis y catorce de marzo de dos mil diecisiete, fueron presentados ante el Instituto Nacional Electoral5 dos escritos, por los cuales diversos y diversas Presidentas municipales, Síndicas municipales, Regidoras, Agentes municipales y de Policía, así como Presidentas del Comisariado de Bienes Comunales que conforman el denominado Frente de Presidentes Municipales de la Sierra Sur y Valles Centrales, manifestaron su oposición al proceso de distritación de los distritos electorales federales en el estado y, en particular, a que desaparezca el distrito electoral federal 09, con cabecera en Santa Lucía del Camino, Oaxaca.

5 En adelante, INE.

5. Entrega del Dictamen Técnico sobre el primer escenario. El cinco de diciembre de dos mil dieciséis, el Comité Técnico para el Seguimiento y Evaluación de los Trabajos de Distritación entregó a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores el dictamen técnico que contiene las observaciones al primer escenario para la distritación federal por parte de los partidos políticos y las opiniones de las instituciones indígenas representativas.

6. Opinión Técnica sobre las observaciones al segundo escenario federal. Del veintiséis de enero al primero de febrero del año en curso, el Comité Técnico para el Seguimiento y Evaluación de los Trabajos de Distritación emitió la opinión técnica sobre las observaciones al segundo escenario para la distritación federal por parte de los partidos políticos y las opiniones de las instituciones indígenas representativas.

7. Entrega del Dictamen Técnico sobre el segundo escenario. El diecisiete de febrero, el Comité Técnico para el Seguimiento y Evaluación de los Trabajos de Distritación realizó la entrega a la citada Dirección Ejecutiva del dictamen técnico sobre las observaciones al segundo escenario para la distritación federal por parte de los partidos políticos y sobre las opiniones de las instituciones indígenas representativas.

8. Entrega de Opinión Técnica sobre el escenario final federal con cabeceras distritales. El seis de marzo, el Comité Técnico para el Seguimiento y Evaluación de los Trabajos de Distritación entregó a la referida Dirección Ejecutiva la Opinión Técnica sobre el escenario final federal con cabeceras distritales.

9. Presentación del escenario final. El siguiente nueve de marzo, en la tercera sesión extraordinaria de la Comisión del Registro Federal de Electores, se presentó el Escenario Final de Distritación Federal.

10. Recomendación de la Comisión del Registro Federal de Electores. En esa fecha, mediante Acuerdo INE/CRFE-04: 09/03/2017, la Comisión del Registro Federal de Electores aprobó recomendar a la Junta General que valorara las consideraciones vertidas por esa Comisión Permanente del Consejo General a fin de que, en su caso, se hicieran los ajustes necesarios a los escenarios de distritación federal de las demarcaciones territoriales en los estados de Coahuila, Oaxaca y Sinaloa, en el momento de que dicho órgano ejecutivo central determinara la aprobación del proyecto de Acuerdo de la demarcación territorial de los trescientos distritos electorales federales uninominales en que se divide el país y sus respectivas cabeceras distritales.

11. Aprobación en la Junta General Ejecutiva del proyecto de la demarcación territorial. El trece de marzo, la Junta General aprobó someter a consideración del Consejo General, la demarcación territorial de los trescientos distritos electorales federales uninominales en que se divide el país y sus respectivas cabeceras distritales.

En el referido Acuerdo, la Junta General aprobó modificar los escenarios finales de distritación federal en las entidades federativas de Coahuila, Oaxaca y Sinaloa.

12. Manifestación sobre el cambio de sede de la cabecera distrital del actual XI Distrito Electoral Federal en el estado de Oaxaca. En esa misma fecha, fue presentado ante el INE escrito firmado por autoridades municipales, comisariados ejidales, organizaciones sociales, partidos políticos y sociedad civil de la región de la Costa Chica de Oaxaca, en el que se propuso que no se permita el cambio de las oficinas del actual XI Distrito Electoral Federal con sede en la ciudad de Pinotepa Nacional a Puerto Escondido, en el estado de Oaxaca.

13. Acuerdo Impugnado. En sesión extraordinaria de quince de marzo del presente año, el Consejo General emitió el acuerdo INE/CG59/2017 POR EL QUE SE APRUEBA LA DEMARCACIÓN TERRITORIAL DE LOS TRESCIENTOS DISTRITOS ELECTORALES FEDERALES UNINOMINALES EN QUE SE DIVIDE EL PAÍS Y SUS RESPECTIVAS CABECERAS DISTRITALES, A PROPUESTA DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA.

II. Medios de impugnación

A. Juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano

1. Demandas. En contra del acuerdo referido en el párrafo que antecede, en diversas fechas, las y los actores que a continuación se señalan, promovieron diversos juicios ciudadanos, ante esta Sala Superior:

Actores

Fecha de promoción de la demanda ante esta Sala Superior

Lilia Idalia Sarmiento Bautista, Heliodoro Merino López y Oscar Isidro Nájera Sarmiento

21 de marzo

Pedro Velasco Gutiérrez y Vidal Morales Sánchez

21 de marzo

Mario Gutiérrez Ruiz

24 de marzo

Rufino Gutiérrez Vázquez e Isaías Romero Gutiérrez

24 de marzo

Hernán López Pacheco

24 de marzo

Irene Santos López

24 de marzo

Benjamín Pablo Antonio y Javier Natividad Reyes

24 de marzo

Ignacio Gómez García y Jaime Gutiérrez López

24 de marzo

Jefte Cristóbal Gutiérrez

24 de marzo

Daniel Gutiérrez Gutiérrez

24 de marzo

Por otra parte, el cuatro de mayo de la presente anualidad, los y las ciudadanas que a continuación se señalan promovieron diversos juicios ciudadanos ante el INE:

Actores

Felipe Rivero Mendoza, Leopoldo Jorge Castañeda y Esteban Hernández Santiago

Honorio Gutierres Melo, Epifanio García López, Nixon Fredy Martínez Matias, Maricela Martínez Matias, Feliciano Jiménez Castro, Mariano López López y Marcos Aurelio González López

Francisco Morga Oliva, Bertoldo Godofredo Narro Báez Mariano y Glafira Soriano Petatan

Carmela Parral Santos, Jesús Valle Ramírez, Facundo de la Cruz Apreza, Ocotlán Joel Ayona Salinas, Isela Pamela Merino Salas y Nicky Ner Ramos Rodríguez

Joel Noyola González, Flavia Domitila Rivero Domínguez, Conrado Roque, Julián Fulgencio Torres González, Carlos Mayren López, Reyna Cisneros Vargas y Rosalina Serrano Salinas

Silvestre Mojica Arellanes, Melquiades Dionicio López, Irene Castañeda Rodríguez, Blas Celerino López Calleja y Manuel Hernández Cruz

Marilú Rodríguez Solano, Ernestina Solano Lezama, Raymundo Rodríguez Martínez y Rosalba Villafane Ruíz

Edgar Ortiz López, Santiago Ortiz Muñoz, Eleuteria Senonina Carmona, Rudy Ortiz López y Marco Antonio Marín Delgado

Yesenia Díaz Betancurt, Sofía Cruz Alavés, Vicente Merino Morales, Juan Crisóstomo Cruz, Raquel Cruz Guzmán e Israel Heras Merino

Denia Torres Hernández, Ysabel Gómez Reyes, Fernando Rodríguez López y Félix Claudio Hernández López

Aguinaldo Reyes Liborio, Martín Melo Candela, Jiver Melo Esteves, Yanet Bustos Arellanes y Martín Andrés Melo Alberto

Caín Nicolás Hernández, Verónica Mejía Hernández y Fortino Lucas García

Patricia López Gutiérrez, Fabiola Navarrete García y Antonio Navarrete García

Gilberto Sánchez...

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