Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0137-2018), 29-03-2018

Número de expedienteSUP-JDC-0137-2018
Fecha29 Marzo 2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
SUP-JDC-137/2018-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SUP-JDC-137/2018

ACTORA: ROSARIO CAROLINA LARA MORENO

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE SONORA

MAGISTRADA ELECTORAL: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO

SECRETARIO: CARMELO MALDONADO HERNÁNDEZ

Ciudad de México, a veintinueve de marzo de dos mil dieciocho.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta acuerdo por virtud del cual ejerce de oficio la facultad de atracción para conocer y resolver el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, identificado con el número de expediente SUP-JDC-137/2018 promovido per saltum por Rosario Carolina Lara Moreno, en su carácter de militante del Partido Acción Nacional en el Estado de Sonora, contra la omisión del Tribunal Estatal Electoral de realizar actuaciones para dar cumplimiento a la sentencia dictada el dieciséis de febrero del año en curso, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local, identificado con el número de expediente JDC-PP-50/2018.

I. ANTECEDENTES

Del escrito de demanda y de las constancias del expediente se advierten los hechos siguientes:

1. Inicio de los procesos electorales 2017-2018. El ocho de septiembre de dos mil diecisiete inició el proceso electoral federal para la renovación de la Presidencia de la República y las Cámaras del Congreso de la Unión, así como el proceso electoral local en el Estado de Sonora, para diputaciones y ayuntamientos.

2. Propuesta de método de selección de candidaturas. El doce de octubre de dos mil diecisiete, el Comité Directivo Estatal del PAN en Sonora convocó a sesión de la Comisión Permanente del Consejo Estatal del citado partido político, la cual se celebró el inmediato dieciséis de octubre y, en la que se adoptaron los siguientes acuerdos:

A. Se aprobó la designación como método de selección de candidaturas a cargos de elección popular en el proceso electoral 2017-2018, en particular de las candidaturas a diputaciones locales por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, así como a los cargos de Presidencia Municipal y sindicaturas por el principio de mayoría relativa y, de regidurías por el principio de representación proporcional.

B. Se aprobó proponer a la Comisión Permanente Nacional del PAN que el método de selección de candidaturas a cargos de Senadurías por el principio de mayoría relativa y Diputaciones federales por el principio de representación proporcional que le corresponden al Estado de Sonora fueran por designación.

3. Aprobación del método de selección de candidaturas a cargos de elección popular. El veinte de octubre de dos mil diecisiete, la Comisión Permanente del Consejo Nacional del PAN sesionó a efecto de, entre otras cosas, aprobar el método de selección de candidaturas a cargos de elección popular federales y locales, incluyendo las relativas al Estado de Sonora.

4. Providencias. El veinticuatro de enero de dos mil dieciocho se publicaron las providencias emitidas por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del PAN, por las que autorizó la emisión de la invitación dirigida a la militancia del citado partido político y, en general, a la ciudadanía del Estado de Sonora, para participar en el proceso interno de designación de candidaturas que postulara el aludido instituto político, para el proceso electoral local en curso.

5. Sentencia dictada en el Juicio ciudadano local. El dieciséis de febrero del año en curso, el Tribunal Estatal Electoral de Sonora, emitió sentencia en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local JDC-PP-50/2018 y sus acumulados, mediante el cual revocó el Acuerdo CG/18/2018...

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