Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0146-2018), 25-03-2018

Fecha25 Marzo 2018
Número de expedienteSUP-JDC-0146-2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-JDC-146/2018-Acuerdo1

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SUP-JDC-146/2018

ACTOR: SAMUEL ELÍAS SOBERANO MIRANDA.

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO ESTATAL DEL INSTITUTO ELECTORAL Y DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE TABASCO.

MAGISTRADO PONENTE: FELIPE DE LA MATA PIZAÑA

SECRETARIOS: ARTURO RAMOS SOBARZO Y ABRAHAM CAMBRANIS PÉREZ

Ciudad de México, a veinticinco de marzo de dos mil dieciocho.

Acuerdo en el que se reencauza la demanda presentada por el actor a juicio ciudadano competencia del Tribunal Electoral de Tabasco.

ÍNDICE

GLOSARIO

1

ANTECEDENTES DEL ASUNTO

2

I. Procedimiento para obtener la candidatura independiente

2

II. Juicio ciudadano

2

COMPETENCIA PARA RESOLVER

3

REENCAUZAMIENTO DE LA DEMANDA AL TRIBUNAL LOCAL

3

1. Decisión de este Tribunal

3

2. Justificación

2.1 Marco jurídico que exige agotar instancias previas

3

2.2. Hechos del caso

5

2.3. Análisis del caso

5

a. Falta de agotamiento de la instancia previa e improcedencia del per saltum

5

b. Reencauzamiento

7

3. Efectos

8

ACUERDA

8

GLOSARIO

Actor:

Samuel Elías Soberano Miranda

Constitución:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Medios:

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Ley Electoral

Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado de Tabasco

OPLE:

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco

Sala Superior / Tribunal:

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Tribunal local

Tribunal Electoral de Tabasco

ANTECEDENTES DEL ASUNTO

I. Procedimiento para obtener la candidatura independiente

1. Inicio del proceso electoral en Tabasco. El 1 de octubre de 2017 inició el proceso electoral ordinario 2017-2018 para renovar gubernatura, diputaciones e integrantes de ayuntamientos en Tabasco.

2. Porcentaje de apoyo ciudadano y convocatoria. El 30 de noviembre de 2017, el Consejo Estatal del OPLE emitió el acuerdo relativo al número de firmas de apoyo ciudadano que debían recabar los aspirantes a las candidaturas independientes de los cargos referidos, así como la convocatoria correspondiente.

3. Registro. El 16 de diciembre de 2017, el actor solicitó el registro de su aspiración como candidato a la gubernatura del Estado.

4. Acuerdo impugnado. El 16 de marzo de 2018, el OPLE emitió el acuerdo por el que determinó que el actor no cumplió con el apoyo requerido para ser candidato independiente a Gobernador.

II. Juicio ciudadano

1. Presentación de demanda. El 22 de marzo, el actor promovió, per saltum, ante esta Sala Superior, juicio ciudadano, contra el acuerdo CE/2018/024 del Consejo Estatal del OPLE que determinó que no cumplió con el apoyo ciudadano requerido y por ello le negó la posibilidad de contender como candidato independiente al cargo de gobernador.

2. Turno. En su oportunidad, la Magistrada Presidenta ordenó integrar el expediente SUP-JDC-146/2018 y turnarlo a la Ponencia del Magistrado Felipe de la Mata Pizaña.

COMPETENCIA PARA RESOLVER

La materia del presente acuerdo compete de manera colegiada a la Sala Superior, pues constituye una determinación trascedente para el trámite del presente asunto, ya que debe determinarse el curso que debe darse a la demanda.

REENCAUZAMIENTO DE LA DEMANDA AL TRIBUNAL LOCAL

1. Decisión de este Tribunal

La demanda del juicio ciudadano, en la que el actor cuestiona el acuerdo el emitido por el OPLE de Tabasco, en el que determinó que incumplió con los...

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