Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0154-2018), 28-03-2018
Fecha | 28 Marzo 2018 |
Número de expediente | SUP-JDC-0154-2018 |
Tipo de proceso | Juicio para la protección de los derechos jurídico electorales |
Emisor | Sala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO EXPEDIENTE: SUP-JDC-154/2018 ACTOR: HÉCTOR LUIS JAVALOIS LORANCA AUTORIDAD RESPONSABLE: DIRECTOR EJECUTIVO DE PRERROGATIVAS Y PARTIDOS POLÍTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL MAGISTRADA PONENTE: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO SECRETARIO: JOSÉ ALFREDO GARCÍA SOLÍS |
Ciudad de México, a veintiocho de marzo de dos mil dieciocho.
En el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-154/2018, promovido por Héctor Luis Javalois Loranca, quien se ostenta como aspirante a la candidatura a la Presidencia de la República; la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación RESUELVE declarar la improcedencia y el desechamiento del medio de impugnación, porque el actor consintió el acto impugnado.
A. ANTECEDENTES:
I. Manifestación de intención. El quince de septiembre de dos mil diecisiete, Héctor Luis Javalois Loranca manifestó su intención de postular su candidatura independiente a la Presidencia de la República.
II. Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2433/2017. El veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (en adelante: INE), comunicó a Héctor Luis Javalois Loranca, que la información y documentación presentada en su escrito de quince del mismo mes, por el que manifestaba su intención de postular su candidatura independiente a la Presidencia de la República, carecía de ciertos requisitos, por lo que le requirió para que, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, subsanara las inconsistencias que se le mencionaron.
III. Nueva manifestación de intención. El veinticinco de septiembre de dos mil diecisiete, Héctor Luis Javalois Loranca manifestó de nueva cuenta su intención de postular su candidatura independiente a la Presidencia de la República.
IV. Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2580/2017. El tres de octubre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, comunicó a Héctor Luis Javalois Loranca, que la información y documentación presentada en su escrito de veinticinco de septiembre del mismo año, por el que manifestaba por segunda ocasión su intención de postular su candidatura independiente a la Presidencia de la República, carecía de ciertos requisitos, por lo que le requirió para que, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación, subsanara las inconsistencias que se le mencionaron. Asimismo, se le informó que la manifestación de intención exhibida el quince de septiembre de ese año, se tenía por no presentada, al haberse incumplido con el requerimiento formulado en el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2433/2017.
V. Oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2731/2017. El doce de octubre de dos mil diecisiete, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, comunicó a Héctor Luis Javalois Loranca, que la manifestación de intención de postular su candidatura independiente a la Presidencia de la República, exhibida el veinticinco de septiembre de del mismo año, se tenía por no presentada, al haber incumplido con el requerimiento notificado mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2580/2017.
VI. Escrito de demanda. El veintiuno de marzo de dos mil dieciocho se recibió en el Instituto Nacional Electoral, el escrito suscrito por Héctor Luis Javalois Loranca, que había sido presentado en la 04 Junta Distrital Ejecutiva del citado Instituto, en el cual expone lo siguiente:
“El INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL. Se ha acobardado por Miedo y pánico al sentir pasos en la azotea política. Se niega a reconocer mi humilde persona como candidato a la presidencia de la república. Por ser político un Hijo de Dios. Gobierne la patria mexicana. Un conocedor de las dos leyes en el mundo. La ley del hombre y la ley de Dios.
C. Presidente.
CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL.
Ciudad de México.
República Mexicana.
Presente.
HÉCTOR LUIS JAVALOIS LORANCA. Aspirante a la candidatura a la presidencia de la república año 2018 - 2024. Ante usted presento la documental de inconformidad por las inconsistencias surgidas durante el proceso de tiempo, para obtener el registro del acta constitutiva, del reconocimiento...
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