Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-REC-0091-2018), 22-03-2018

Fecha22 Marzo 2018
Número de expedienteSUP-REC-0091-2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoRecurso de reconsideración
SUP-REC-91/2018

RECURSO DE RECONSIDERACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-REC-91/2018

RECURRENTES: URIEL ZENTENO ROMANO Y OTRA

RESPONSABLE: SALA REGIONAL DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE A LA CUARTA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO

MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ LUIS VARGAS VALDEZ

SECRETARIA: MARIANA SANTISTEBAN VALENCIA

COLABORÓ: ANGÉLICA RODRÍGUEZ ACEVEDO

Ciudad de México, a veintidós de marzo de dos mil dieciocho.

S E N T E N C I A

Que dicta la Sala Superior en el sentido de desechar de plano el recurso de reconsideración interpuesto por Uriel Zenteno Romano y Michaelle Brito Vázquez, a fin de impugnar la sentencia dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Cuarta Circunscripción Plurinominal, con sede en la Ciudad de México, en el juicio ciudadano identificado con la clave de expediente SCM-JDC-119/2018, mediante la cual desechó su demanda por ser extemporánea.

Í N D I C E

R E S U L T A N D O……………………..2

C O N S I D E R A N D O………………..4

R E S U E L V E…………………………..8

R E S U L T A N D O

1 I. Antecedentes. De los hechos narrados en la demanda, así como de las constancias que obran en el expediente, se advierte lo siguiente:

2 A. Convocatoria. El dos de diciembre de dos mil diecisiete, el Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional en Tlaxcala emitió la convocatoria para la selección y postulación de candidaturas a las diputaciones locales por el principio de mayoría relativa, por el procedimiento de convención de delegados y delegadas, para el proceso electoral local ordinario 2017-2018.

3 B. Solicitudes de registro. El quince de enero de dos mil dieciocho, los ahora recurrentes presentaron solicitudes de registro al proceso interno de selección del referido instituto político, para contender a cargos de diputaciones locales por los Distritos II y IX, que integraran el Congreso de Tlaxcala.

4 C. Adenda de la convocatoria. El diecinueve de enero del año que transcurre, el referido Comité Directivo Estatal emitió una adenda, mediante la cual, se modificaron diversas bases de la convocatoria para la selección y postulación de candidaturas a las diputaciones locales por el principio de mayoría relativa, por el procedimiento de comisión para la postulación.

5 D. Juicio ciudadano federal. En contra de la convocatoria mencionada, los actores promovieron juicio para la protección de los...

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