Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-AG-0042-2018), 18-04-2018

Fecha18 Abril 2018
Número de expedienteSUP-AG-0042-2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoAsuntos generales
SUP-AG-42/2018-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA

ASUNTO GENERAL

EXPEDIENTE: SUP-AG-42/2018.

COMPARECIENTE: JUAN VILLEGAS MEJÍA Y OTROS.

MAGISTRADO PONENTE: FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA.

SECRETARIO: ESTEBAN MANUEL CHAPITAL ROMO.

COLABORÓ: JOSÉ LUIS MIER VILLEGAS Y JOSÉ ANTONIO CASTILLO GALLEGOS.

Ciudad de México. Acuerdo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la sesión de dieciocho de abril de dos mil dieciocho.

VISTOS; para acordar los autos del asunto general al rubro indicado; y,

R E S U L T A N D O:

2. Presentación de Escrito. Mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes de esta Sala Superior, el dieciséis de abril de dos mil dieciocho, Juan Villegas Mejía, ostentándose “Único y primera representación y autoridad indígena de los pueblos, barrios, rancherías, ejidos, colonias, localidades y equiparables del Municipio de Huixquilucan, Estado de México”, solicitó a esta Autoridad Jurisdiccional, “… sean registrados (sic) las personas que firman el presente escrito y que puedan participar en la contienda electoral como candidatos a elección popular e independientes, así como en las internas de los partidos políticas (sic) dentro de la Cámara de Diputados Federales, Estatales, Senadores, Presidentes Municipales, dentro de los Municipios de Villa del carbón, Lerma, Atlacomulco y Huixquilucan, Estado de México…”.

2. Turno. Por proveído de dieciséis de abril de dos mil dieciocho, la Magistrada Presidenta de esta Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, acordó integrar el expediente respectivo y turnarlo a la Ponencia del Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, para los efectos legales conducentes.

Dicha determinación fue cumplimentada en sus términos, mediante oficio de esa misma fecha, suscrito por la Secretaria General de Acuerdos de esta Sala Superior.

4. Radicación. En su oportunidad, el Magistrado Instructor designado tuvo por recibido y radicó en la Ponencia a su cargo el expediente citado al rubro; y,

C O N S I D E R A N D O:

1. Actuación colegiada.

La presente determinación compete a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mediante actuación colegiada, y no al Magistrado Instructor en lo individual; ello, de conformidad en lo previsto en el artículo 10, fracción VI, del Reglamento Interno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como, en el criterio sostenido por esta Sala Superior, en...

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