Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-RAP-0090-2018), 18-04-2018

Fecha18 Abril 2018
Número de expedienteSUP-RAP-0090-2018
Tipo de procesoRecurso de apelación
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-RAP-90/2018

RECURSO DE APELACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-RAP-90/2018

RECURRENTE: AGRUPACIÓN POLÍTICA NACIONAL DENOMINADA FEDERACIÓN NACIONAL CÍVICA MEXICANA

AUTORIDAD RESPONSABLE: CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADA PONENTE: JANINE M. OTÁLORA MALASSIS

SECRETARIO: FERNANDO ANSELMO ESPAÑA GARCÍA

COLABORARON: JOSÉ CARLOS GONZÁLEZ NOGUEZ.

Ciudad de México, a dieciocho de abril de dos mil dieciocho.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta sentencia en el expediente citado al rubro, en el sentido de desechar de plano la demanda presentada por la Agrupación Política Nacional denominada Federación Nacional Cívica Mexicana en contra del acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral identificado con la clave INE/CG298/2018, por el que, se registraron, entre otras, las candidaturas a senadoras y senadores al congreso de la unión por el principio de representación proporcional, con el fin de participar en el proceso electoral federal 2017-2018, en específico, en lo relativo al registro de Miguel Ángel Mancera Espinosa, en la segunda posición de la lista del Partido Acción Nacional.

A N T E C E D E N T E S

1. Criterios de registro de candidaturas. El ocho de noviembre de dos mil diecisiete, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó en sesión extraordinaria el Acuerdo INE/CG508/2017, mediante el cual se determinan los criterios aplicables para el registro de candidaturas a diversos cargos de elección popular que presenten los partidos políticos y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto, para el Proceso Electoral Federal 2017-2018.

2. Registro de coaliciones. En sesión extraordinaria celebrada el veintidós de diciembre de dos mil diecisiete, el Consejo General, mediante resoluciones INE/CG633/2017 e INE/CG634/2017, otorgó a los Partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano, el registro de la coalición parcial denominada Coalición “Por México al Frente” para la postulación de candidaturas a la Presidencia, senadurías y diputaciones por el principio de mayoría relativa; así como a los partidos del Trabajo, Morena y Encuentro Social, el registro de la coalición parcial denominada “Juntos Haremos Historia”, para postular candidaturas a la Presidencia, senadurías y diputaciones por el principio de mayoría relativa.

3. Registro de coalición y modificación de denominación. En sesión extraordinaria de fecha cinco de enero de dos mil dieciocho, el Consejo General, mediante resolución INE/CG07/2018, otorgó a los Partidos Revolucionario Institucional, Verde Ecologista de México y Nueva Alianza, el registro de la coalición para postular candidatura a la Presidencia, parcial para candidaturas al Senado por el principio de mayoría relativa y flexible para candidaturas a diputaciones por el mismo principio; posteriormente aprobó la modificación a la denominación de la coalición como "Todos por México", mediante Resolución INE/CG39/2018, aprobada el veintidós de enero de dos mil dieciocho.

4. Registro de candidatos. El Consejo General, en la sesión especial iniciada el pasado veintinueve de marzo, aprobó, entre otros, el acuerdo INE/CG298/2018, en el que se tuvieron por registradas las candidaturas al Senado de la República presentadas por los partidos políticos nacionales y coaliciones con registro vigente, por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional, con el fin de participar en el proceso electoral federal 2017-2018

5. Demanda. Inconforme con el acuerdo descrito en el antecedente que precede, el pasado tres...

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