Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JE-0014-2018), 18-04-2018

Número de expedienteSUP-JE-0014-2018
Fecha18 Abril 2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoJuicio electoral
SUP-JE-14/2018

JUICIO ELECTORAL

EXPEDIENTE: SUP-JE-14/2018

ACTOR: CELESTINO ABREGO ESCALANTE

ÓRGANO RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO

MAGISTRADA PONENTE: MÓNICA ARALÍ SOTO FREGOSO

SECRETARIA: ROSA OLIVIA KAT CANTO

Ciudad de México, a dieciocho de abril de dos mil dieciocho.

VISTOS para resolver, los autos del juicio electoral indicado al rubro, por el que se desecha la demanda interpuesta por el actor, por haber quedado sin materia.

ANTECEDENTES

1. Oficio TEEH/P/97/2018. El Magistrado Presidente del Tribunal Local emitió un oficio dirigido al actor el veintiuno de marzo de dos mil dieciocho en el que le informó que los medios de impugnación relacionados con la elección a Senadores de la República debía presentarlos, en lo sucesivo, ante la autoridad responsable y/o en su caso, ante este Tribunal Electoral.

Lo anterior, por estar previsto en la Ley y derivado de que el presupuesto para este año electoral local 2017-2018 les recortó su presupuesto, por lo tanto, la remisión de medios de impugnación a la autoridad competente, relacionados con elecciones federales presentados ante ese órgano jurisdiccional local generaban un gasto no programado.

2. Juicio ciudadano. El ocho de abril del año en curso, el actor presentó demanda de juicio ciudadano ante la oficialía de partes del Tribunal Local. a fin de controvertir la resolución de treinta y uno de marzo del año en curso, emitida por la Comisión Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática relativa a la selección de candidatos a cargos de elección de dicho partido, por el principio de representación proporcional en esa entidad federativa.

3. Juicio electoral. El diez de abril el actor promovió directamente ante esta Sala Superior un escrito denominado “Queja”, por el cual controvierte la demora del Tribunal local de remitir a esta Sala Superior el juicio ciudadano referido en el numeral anterior.

4. Turno. Mediante acuerdo de esa misma fecha la Magistrada Presidenta de esta Sala Superior determinó integrar el expediente SUP-JE-14/2018, y turnarlo a la ponencia de la Magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso, a fin de que propusiera la determinación que en derecho corresponda.

Toda vez, que el medio de impugnación se presentó directamente ante Sala Superior, en ese mismo acuerdo requirió al Tribunal local diera trámite correspondiente a la demanda de juicio electoral, conforme a lo previsto en los artículos 17 y 18 de la Ley de Medios.

5. Cumplimiento del...

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