Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-SFA-0028-2018), 11-04-2018

Número de expedienteSUP-SFA-0028-2018
Fecha11 Abril 2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoSolicitud de ejercicio de la facultad de atración de la Sala Superior
SUP-SFA-28/2018

SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN DE LA SALA SUPERIOR.

EXPEDIENTE: SUP-SFA-28/2018

SOLICITANTE: JOSÉ EDUARDO SANTOS GONZÁLEZ

MAGISTRADO PONENTE: FELIPE ALFREDO FUENTES BARRERA

SECRETARIOS: JOSUÉ AMBRIZ NOLASCO, NADIA JANET CHOREÑO RODRÍGUEZ Y SALVADOR ANDRES GONZÁLEZ BÁRCENA

COLABORARON: JORGE ARMANDO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ Y EDITH MARMOLEJO SALAZAR.

Ciudad de México. Sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la sesión de once de abril de dos mil dieciocho.

VISTOS, para resolver los autos del juicio ciudadano al rubro identificado.

RESULTANDO

1. Antecedentes. De la narración de hechos que el solicitante hace en su respectivo escrito, así como de las constancias que obran en autos, se constata lo siguiente:

1.1. Lista de aspirantes que no reúnen el porcentaje de apoyo ciudadano. El catorce de febrero de dos mil dieciocho, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el Dictamen INE/CG/87/2018, sobre el cumplimiento del porcentaje de apoyo ciudadano requerido para el registro de candidaturas independientes a una diputación federal en el proceso electoral, en el cual se determinó, dentro del punto de acuerdo primero que el actor no reúne el porcentaje de apoyo ciudadano requerido, lo cual se le notificó el diecisiete de febrero del año en curso.

1.2. Sentencia Sala Monterrey. El veintidós de febrero de dos mil dieciocho, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió sentencia en el juicio ciudadano SM-JDC-19/2018, por la cual confirmó el oficio INE/JDE01/NL/083/2018, a través del cual se le comunicó al solicitante la modificación registral de mil trescientos diecisiete (1,317) apoyos ciudadanos por haberse detectado diversas inconsistencias.

1.3. Solicitud de registro. El veintiséis de febrero del año en curso, se recibió en la Junta Distrital Ejecutiva, oficio por el que José Eduardo Santos González, aspirante a candidato independiente, solicitó se fijara fecha y hora para hacer entrega física de su solicitud de registro para ser candidato independiente a Diputado Federal dentro del Proceso Electoral Federal dos mil diecisiete-dos mil dieciocho.

1.4. Negativa de la solicitud de registro. El siete de marzo del presente año, el solicitante, recibió oficio INE/JDE01/NL/184/2018, en el cual se negó su petición bajo el argumento de que no había alcanzado el número de apoyo requerido para tal efecto.

1.5. Juicio Ciudadano. Inconforme con el oficio señalado en el punto que antecede, el solicitante promovió juicio ciudadano, el cual fue resuelto por la Sala Regional Monterrey el veintinueve de marzo de dos mil dieciocho, en el sentido de confirmar la negativa al actor de la cita para la entrega de su solicitud como candidato independiente, al estimarse correcto que se haya sustentado en el dictamen final de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral y no en la verificación preliminar de los apoyos ciudadanos que le fue notificada en diciembre de dos mil diecisiete

1.6. Requisito de...

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