Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0297-2018), 15-05-2018

Fecha15 Mayo 2018
Número de expedienteSUP-JDC-0297-2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-JDC-297/2018-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA

JUICIO PARA LA PROTECCI�N DE LOS DERECHOS POL�TICO- ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SUP-JDC-297/2018

ACTOR: HIP�LITO ARRIAGA POTE

AUTORIDAD RESPONSABLE:

TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE GUERRERO

MAGISTRADO PONENTE: REYES RODR�GUEZ MONDRAG�N

SECRETARIOS: EULALIO HIGUERA VEL�ZQUEZ Y JUAN GUILLERMO CASILLAS GUEVARA

Ciudad de M�xico, a quince de mayo de dos mil dieciocho

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n dicta el acuerdo por el que determina que la competencia para conocer de la demanda del juicio citado al rubro corresponde a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n, correspondiente a la Cuarta Circunscripci�n Electoral Plurinominal, con sede en la Ciudad de M�xico.

CONTENIDO

GLOSARIO

1. ANTECEDENTES

2. ACTUACI�N COLEGIADA

3. DETERMINACI�N DE COMPETENCIA

4. ACUERDOS

GLOSARIO

Actor, promovente o impugnante:

Constituci�n General:

Hip�lito Arriaga Pote

Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos

Instituto Local:

Instituto Electoral y de Participaci�n Ciudadana del Estado de Guerrero

Sala Regional Ciudad de M�xico:

Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n, correspondiente a la Cuarta Circunscripci�n Electoral Plurinominal, con sede en la Ciudad de M�xico

Tribunal Local:

Tribunal Electoral del Estado de Guerrero

1. ANTECEDENTES

1.1. Solicitud al Instituto Local. El quince de marzo de dos mil dieciocho, el ciudadano Hip�lito Arriaga Pote, ostent�ndose como Gobernador Nacional Ind�gena, present� una lista de personas ante el Instituto Local y solicit� que �stas fueran registradas como candidatos a diputados locales y regidores por usos y costumbres para el proceso electoral local ordinario 2017-2018 del estado de Guerrero.

1.2. Respuesta a la solicitud. El diecis�is de abril del presente a�o, el presidente del Instituto Local dio respuesta al actor mediante el oficio 1054/2018, en el sentido de negar su pretensi�n, porque no se cumpl�an los requisitos de la normativa electoral para registrar a diversas personas ind�genas como candidatos a los cargos de diputados locales y regidores.

1.3. Juicio ante el Tribunal Local. El veintid�s de abril siguiente, el actor present� una demanda ante el Tribunal Local en contra de la respuesta que le dio el Instituto Local. La autoridad jurisdiccional local form� e integr� el expediente TEE/JEC/037/2018, en el que emiti� sentencia el dos de mayo del presente a�o, en el sentido de...

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