Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSRE-PSC-0091-2018), 11-05-2018

Número de expedienteSRE-PSC-0091-2018
Fecha11 Mayo 2018
Tipo de procesoProcedimiento especial sancionador del Órgano Central del Instituto Nacional Electoral
EmisorSala Regional Especializada (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONAD
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
EXPEDIENTE: SRE-PSC-91/2018
PROMOVENTE:

Mar�a Elena Lim�n Garc�a

INVOLUCRADOS:

Alfredo Barda Mariscal, entonces precandidato a la Presidencia Municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco y otro

MAGISTRADA:

Gabriela Villafuerte Coello

SECRETARIA:

Laura Patricia Jim�nez Castillo

COLABOR�:

Nayeli Marisol Avila Cervantes y M�nica Regina Garc�a D�az

Ciudad de M�xico; a once de mayo de dos mil dieciocho.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n1 dicta la siguiente SENTENCIA:

1 En adelante Sala Especializada.

A N T E C E D E N T E S

I. Elecci�n en Jalisco.

1. El primero de septiembre de dos mil diecisiete, inici� el proceso electoral en Jalisco para renovar entre otros cargos, los ayuntamientos. Las etapas son:

- Precampa�a: Del tres de enero al once de febrero de dos mil dieciocho2.

- Campa�a: Del veinticuatro de abril al veintisiete de junio.

- D�a de la elecci�n: Primero de julio3.

2 Las fechas que se mencionen corresponden a este a�o, salvo manifestaci�n expresa.

3 A partir de 2015 la celebraci�n de las elecciones federales y locales ser� el primer domingo de junio del a�o que corresponda, salvo en 2018 que ser�n el primer domingo de julio. Segundo transitorio numeral 8, fracci�n II, inciso a), del DECRETO publicado en el Diario Oficial de la federaci�n el lunes 10 de febrero de 2014.

II. Sustanciaci�n ante el Instituto Electoral y de Participaci�n Ciudadana de Jalisco4.

4 Enseguida, IEPC de Jalisco.

2. 1. Denuncia. El dos de marzo, Mar�a Elena Lim�n Garc�a, por su propio derecho, denunci� a Alfredo Barba Mariscal; asegur� que era precandidato a la presidencia municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco por parte del Partido Revolucionario Institucional5.

5 En adelante PRI.

3. Porque, desde su �ptica, el ocho de enero Alfredo Barba Mariscal concedi� una entrevista en radio (estaci�n "DK 1250 AM"), donde la calumni� (afirm� que la denunciaron por desacat� y que la citar�an a declarar en unos d�as).

4. 2. Radicaci�n e incompetencia. El tres siguiente, el IEPC de Jalisco radic� la denuncia y remiti� el expediente a la Unidad T�cnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral6; toda vez, que es la autoridad competente para conocer conductas que se relacionan con radio y televisi�n.

6 A continuaci�n, INE.

III. Sustanciaci�n ante el INE.

5. 1. Registro y desechamiento. El seis de marzo, la autoridad instructora orden� registrar el expediente7 y desechar de plano la denuncia, al considerar que los hechos no constitu�an una violaci�n en materia pol�tico electoral, porque la queja deriv� de una entrevista, la cual no se puede asimilar a propaganda pol�tico electoral.

7 Bajo el n�mero UT/SCG/PE/MELG/JL/JAL/76/PEF/133/2018.

6. 2. Impugnaci�n. El doce de marzo, Mar�a Elena Lim�n Garc�a interpuso Recurso de Revisi�n del Procedimiento Especial Sancionador8 en contra del desechamiento.

8 Recurso de Revisi�n del PES.

7. 3. Recurso de Revisi�n del PES. El once de abril, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n9 dict� sentencia dentro del expediente SUP-REP-51/2018; en la que revoc� el acuerdo que desech� la denuncia, por lo siguiente:

- El denunciado fue un posible precandidato a Presidente Municipal por San Pedro Tlaquepaque, Jalisco.

- Es necesario verificar a trav�s de las actuaciones y valoraci�n de pruebas, si la emisi�n de las expresiones materializ� una violaci�n; lo cual deber� formar parte del estudio de fondo correspondiente.

9 Enseguida, Sala Superior.

8. 4. Investigaci�n. El trece y diecis�is de abril, la autoridad instructora recibi� la sentencia que arriba se precis� (SUP-REP-51/2018) y orden� diversas diligencias.

9. 5. Admisi�n. El diecisiete siguiente, admiti� la queja y orden� realizar la opini�n t�cnica respecto de la solicitud de adoptar medidas cautelares.

10. 6. Medidas Cautelares. El dieciocho de abril, la Comisi�n de Quejas y Denuncias del INE, consider� improcedente la medida cautelar, por dos cuestiones10:

- La entrevista, es un acto consumado de manera irreparable y,

- Respecto a otras entrevistas, son hechos futuros de realizaci�n incierta.

10 Mediante acuerdo ACQyD-60-2018; el cual, no se impugn� ante Sala Superior.

11. 7. Emplazamiento y audiencia. El veinticuatro de abril, se emplaz� a las partes, para que comparecieran a la audiencia de pruebas y alegatos, la cual se llev� a cabo el dos de mayo siguiente.

IV. Tr�mite en la Sala Especializada.

12. Una vez que se recibi� el expediente y se revis� su integraci�n, el nueve de mayo, la Magistrada Presidenta por Ministerio de Ley, le asign� la clave SRE-PSC-91/2018, lo turn� a la ponencia a su cargo, en su oportunidad lo radic� y se procedi� a la elaborar la sentencia correspondiente.

C O N S I D E R A C I O N E S

PRIMERA. Competencia.

13. Esta Sala Especializada es competente (tiene facultad) para resolver el procedimiento especial sancionador porque se denunci� calumnia, por las manifestaciones que Alfredo Barda Mariscal, entonces precandidato a la Presidencia Municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, (hoy candidato a dicho cargo) realiz� en una entrevista radiof�nica11.

11 En t�rminos de los art�culos 41, p�rrafo segundo, base III, apartado C, p�rrafo primero; 99, p�rrafo cuarto, fracci�n IX, de la Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos; 186, fracci�n III, inciso h), 192, 195, �ltimo p�rrafo, de la Ley Org�nica del Poder Judicial de la Federaci�n; 470 p�rrafo 1, inciso a) y 471, p�rrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

14. Sirve de apoyo la Jurisprudencia 25/2010 de rubro: "PROPAGANDA ELECTORAL EN RADIO Y TELEVISI�N. COMPETENCIA DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES PARA CONOCER DE LOS PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES RESPECTIVOS12", por tratarse de una conducta de conocimiento exclusivo de esta Sala Especializada al estar relacionada con radio.

12 Consultable en la liga electr�nica www.portal.te.gob.mx, secci�n Jurisprudencia.

SEGUNDA. Causales de improcedencia.

15. Alfredo Barba Mariscal, solicit� el sobreseimiento del asunto, por lo siguiente:

- No constituye una violaci�n en materia pol�tico electoral, pues no se imputan hechos o delitos falsos.

- El art�culo 41, base III, apartado C, de la Constituci�n Federal, establece que en la propaganda pol�tica o electoral que difundan los partidos o candidatos deber�n abstenerse de expresiones que calumnien a las personas; por lo cual, no debi� iniciarse el procedimiento con contra de una persona f�sica.

16. En principio, el acto que se reclam� se debe analizar en el estudio de fondo de la sentencia, a fin de determinar, si es existente o inexistente la infracci�n; y respecto, a que la calumnia no se puede imputar a personas f�sicas, se estima que en el caso, se denunci� a Alfredo Barda Mariscal, entonces precandidato a la presidencia municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco (hoy candidato a dicho cargo), esto es, se trata de manifestaciones que realiz� un actor pol�tico, por tanto, s� puede ser sujeto de imputaci�n de calumnia.

17. Adem�s, las manifestaciones que hizo Alfredo Barba Mariscal, las realiz� en su entonces calidad de precandidato a Presidente Municipal del Municipio que se refiri�.

TERCERA. Planteamientos de la denuncia y defensas.

18. Mar�a Elena Lim�n Garc�a, actual candidata a la presidencia municipal de San Pedro Tlaquepaque, se�al�:

- El ocho de enero, Alfredo Barda Mariscal, entonces precandidato a la Presidencia Municipal de Tlaquepaque, Jalisco, otorg� una entrevista en la estaci�n de radio "DK 1250 AM".

- Afirm� cuestiones falsas, en su contra:

- La denunciaron por desacato;

- La citar�an a declarar; y,

- No sab�a, si pod�a ser electa como candidata a alg�n cargo de elecci�n popular.

19. Alfredo Barda Mariscal, actual candidato a la presidencia municipal de San Pedro Tlaquepaque, dijo:

- El ocho de enero, particip� como invitado en el programa "El timbre".

- Lo que manifest� deriv� de una entrevista radiof�nica, a t�tulo personal, como ciudadano libre y responsable, en ejercicio de libertad de expresi�n (no es propaganda pol�tica o electoral).

- Hay una denuncia penal en contra de Mar�a Elena Lim�n Garc�a por desacato y la citaron a declarar.

20. Radio XEDK, S.A. de C.V., manifest�:

- Transmiti� la entrevista con el fin de platicar sobre San Pedro Tlaquepaque, en el contexto del proceso electoral.

- No calumni� a Mar�a Elena Lim�n Garc�a.

- Ejerci� sus derechos y libertades como medio de comunicaci�n social en un aut�ntico ejercicio period�stico.

- Se deslind� de la responsabilidad en que pudo incurrir Alfredo Barba Mariscal.

CUARTA. Caso a resolver.

21. Esta Sala Especializada, determinar�:

- Si las manifestaciones que realiz� Alfredo Barda Mariscal, entonces precandidato a la Presidencia Municipal de Tlaquepaque, Jalisco, en una entrevista radiof�nica, constituyen calumnia13.

- Si la difusi�n de la entrevista por parte de Radio XEDK, S.A. de C.V., constituye calumnia en contra de Mar�a Elena Lim�n Garc�a14.

13 Por la presunta violaci�n a lo dispuesto en los art�culos 41, p�rrafo segundo, base III, apartado C, p�rrafo primero, de la Constituci�n Federal; 445, p�rrafo 1, inciso f) y 471, p�rrafo 2, de la Ley General.

14 La concesionaria Radio XEDK, S.A. de C.V., no se denunci�; sin embargo, la autoridad instructora la emplaz� por la difusi�n de la entrevista en la que particip� Alfredo Barda Mariscal, entonces precandidato a la Presidencia Municipal de Tlaquepaque, Jalisco; por la posible vulneraci�n a los art�culos 41, p�rrafo segundo, base III, apartado C, p�rrafo primero, de la Constituci�n Federal; 452, p�rrafo 1, incisos d) y e) y 471, p�rrafo 2, de la Ley General.

QUINTA. Existencia de los hechos.

- Calidad de Mar�a Elena Lim�n Garc�a.

22. El IEPC de Jalisco, inform� que actualmente tiene registro como candidata a la presidencia municipal de San Pedro Tlaquepaque, Jalisco, por la Coalici�n "Por Jalisco al...

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