Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSRE-PSD-0030-2018), 17-05-2018
Número de expediente | SRE-PSD-0030-2018 |
Fecha | 17 Mayo 2018 |
Emisor | Sala Regional Especializada (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México) |
Tipo de proceso | Procedimiento especial sancionador del Órgano Distrital del Instituto Nacional Electoral |
Ciudad de M�xico, a diecisiete de mayo de dos mil dieciocho.
SENTENCIA por la que se determina la INEXISTENCIA de la infracci�n objeto del procedimiento especial sancionador, consistente en actos anticipados de campa�a, atribuidos al Partido del Trabajo y Andr�s Manuel L�pez Obrador, por la repartici�n de volantes (propaganda impresa) en la que se convocaba a la celebraci�n de un evento en el marco de la precampa�a de la elecci�n a Presidente de la Rep�blica, en la ciudad de Durango, dentro del procedimiento especial sancionador JD/PE/PRI/JD04/DUR/PEF/1/2018.
GLOSARIO
Autoridad Instructora: | Junta Distrital 04 del Instituto Nacional Electoral en Durango |
Constituci�n Federal: | Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos. |
INE: | Instituto Nacional Electoral. |
Ley Electoral: | Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. |
Partes involucradas: | - Andr�s Manuel L�pez Obrador - Partido del Trabajo - Coalici�n Juntos Haremos Historia |
Promovente: | PRI |
Sala Especializada: | Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n. |
Sala Superior: | Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci�n. |
1. ANTECEDENTES:
1. a. Proceso electoral federal 2017-2018. En la siguiente tabla se insertan los periodos que comprenden las diversas etapas que conforman el proceso electoral federal1.
Inicio del Proceso Federal | Periodo de Precampa�a | Periodo de Intercampa�a | Periodo de Campa�a | D�a de la Elecci�n |
08 de septiembre de 2017 | 14 de diciembre de 2017 al 11 de febrero de 2018 | 12 de febrero al 29 de marzo de 2018 | 30 de marzo al 27 de junio de 2018 | 01 de Julio de 2018 |
1 Correspondientes a la elecci�n de Presidente de la Rep�blica, Senadores y Diputados Federales, informaci�n consultable en el siguiente link: http://www.ine.mx/voto-y-elecciones/elecciones-2018/eleccion-federal/.
2. b. Registro y aprobaci�n de la Coalici�n ante el INE. El catorce de diciembre de dos mil diecisiete, los partidos del Trabajo, Morena y Encuentro Social, solicitaron su registro como coalici�n, ante la autoridad administrativa electoral nacional.
3. Al respecto, el veintid�s de diciembre de dos mil diecisiete el Consejo General del INE mediante resoluci�n INE/CG634/2017 aprob� la coalici�n parcial "Juntos Haremos Historia"2, conformada por dichos institutos pol�ticos, para postular, entre otros cargos, al candidato a la Presidencia de la Rep�blica.
2 El convenio fue aprobado por el Consejo General del INE a trav�s de la resoluci�n INE/CG634/2017, de veintid�s de diciembre de dos mil diecisiete. http://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/bitstream/handle/123456789/94367/CG2ex201712-22-rp-5-2.pdf
4. c. Registro de precandidatura por Morena. El doce de diciembre de dos mil diecisiete, Andr�s Manuel L�pez Obrador se registr� ante la Comisi�n Nacional de Elecciones de Morena como precandidato a la Presidencia de la Rep�blica3.
3 Visible en la liga: https://lopezobrador.org.mx/2017/12/12/palabras-de-andres-manuel-lopez-obrador-en-su-registro-como-precandidato-a-la-presidencia-de-la-republica/
5. d. Registro de precandidatura por el Partido del Trabajo. El catorce de diciembre de dos mil diecisiete, el Partido del Trabajo registr� al ciudadano Andr�s Manuel L�pez Obrador4.
4 Conforme lo manifestado por el Partido del Trabajo mediante escrito de seis de abril, visible a fojas 235-238 del expediente.
6. e. Distribuci�n de propaganda impresa (volantes). Presuntivamente el veintis�is de enero de dos mil dieciocho5, un grupo de personas identificadas con el Partido del Trabajo en el cruce de las avenidas L�zaro C�rdenas y 20 de noviembre de la ciudad de Durango, se encontraban repartiendo volantes6, en donde se convocaba a un evento proselitista de Andr�s Manuel L�pez Obrador, en la Plaza de Armas de dicha localidad, que tendr�a verificativo el jueves ocho de febrero a las 10:30 am.
5 Las fechas a las que se hace referencia corresponden al a�o dos mil dieciocho, a menos que se especifique lo contrario.
6 Para acreditar su dicho el Promovente present� el instrumento notarial catorce mil veintinueve de veintis�is de enero de dos mil dieciocho.
7. f. Evento proselitista a favor de Andr�s Manuel L�pez Obrador. El ocho de febrero, personal de la 04 Junta Local Ejecutiva del INE en el estado de Durango, a petici�n del ciudadano Edmundo Antonio Ayala D�az, se constituy� en la Plaza IV Centenario de la ciudad de Durango, de ese estado, con la finalidad de constatar la realizaci�n del evento proselitista del entonces Precandidato del Partido del Trabajo, a fin de hacer constar la presencia de personal de los "CADIS"7 en el mismo 8.
7 Centros de Atenci�n y Desarrollo Infantil.
8 Fe de hechos identificada con la clave INE/OE/JL/DGO/0/002/2018.
g. Tr�mite ante la Autoridad Instructora.
8. I. Denuncia. El dos de marzo, el representante suplente del PRI ante el Consejo Local del INE en el estado de Durango, present� escrito de queja en contra de Andr�s Manuel L�pez Obrador, el Partido del Trabajo y de la Coalici�n "Juntos Haremos Historia", por la presunta realizaci�n de actos anticipados de campa�a, derivado de que el d�a veintis�is de enero, observ� la existencia de cuatro grupos de personas que vest�an ropa en tono rojo, as� como cachuchas del mismo color y en sus manos ten�an banderas grandes con el emblema del Partido del Trabajo (cuadro rojo con las letras amarillas PT y una estrella en tono amarillo sobre ellas), personas que realizaban la distribuci�n de propaganda impresa (volantes) a la ciudadan�a en general en el cruce de las avenidas L�zaro C�rdenas y 20 de noviembre de la ciudad de Durango, a trav�s de la cual se realizaba la invitaci�n a un evento proselitista a favor del ciudadano en cuesti�n.
9. II. Radicaci�n, reserva de admisi�n e investigaci�n preliminar. El tres de marzo, la Autoridad Instructora radic� la queja con la clave JD/PE/PRI/JD04/DUR/PEF/1/2018, orden� realizar diligencias de investigaci�n preliminar y reserv� acordar lo conducente respecto de la admisi�n de la denuncia.
10. III. Admisi�n y primer emplazamiento. El siete de marzo, la Autoridad Instructora admiti� el procedimiento que se resuelve, emplaz� a las Partes involucradas a la audiencia de pruebas y alegatos.
11. IV. Audiencia. El doce de marzo, se celebr� la audiencia de pruebas y alegatos prevista en el art�culo 474, p�rrafo 1, inciso c), de la Ley Electoral y, en su oportunidad, la Autoridad Instructora remiti� a esta Sala Especializada el expediente y el informe circunstanciado.
12. V. Remisi�n del expediente a la Sala Especializada. El diecis�is de marzo se recibi� el expediente en este �rgano jurisdiccional, en esa misma fecha se remiti� el expediente a la Unidad Especializada para la Integraci�n de los Expedientes de los Procedimientos Especiales Sancionadores competencia de este �rgano jurisdiccional, a efecto de que llevara a cabo la verificaci�n de su debida integraci�n, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo General 4/2014, emitido por la Sala Superior.
13. VI. Turno a ponencia. El veinte de marzo, la Magistrada Presidenta por Ministerio de Ley, acord� integrar el expediente
SRE-JE-19/2018 y turnarlo a la ponencia de la Magistrada Mar�a del Carmen Carre�n Castro, para que previa radicaci�n, se procediera a la elaboraci�n del proyecto de acuerdo correspondiente.
14. VII. Radicaci�n. Mediante acuerdo de veinte de marzo, la Magistrada instructora radic� el Juicio Electoral en la Ponencia a su cargo.
15. VIII. Juicio Electoral. El veinte de marzo, la Sala Especializada emiti� el Juicio Electoral SRE-JE-19/2018 en los autos del procedimiento en que se act�a, mediante el cual orden� la realizaci�n de mayores diligencias.
16. IX. Realizaci�n de diligencias, segundo emplazamiento y audiencia de pruebas y alegatos. En seguimiento a lo mandatado, la Junta Distrital llev� a cabo las diligencias correspondientes con la finalidad de allegarse de mayores elementos probatorios que permitieran a este �rgano jurisdiccional resolver el procedimiento especial sancionador, por lo que hecho lo anterior, el veinticinco de abril, acord� emplazar nuevamente a las partes conforme lo siguiente:
a) Al PRI como parte denunciante.
b) A Andr�s Manuel L�pez Obrador, en su calidad de otrora precandidato a la Presidencia de la Rep�blica por el Partido del Trabajo y la Coalici�n "Juntos Haremos Historia", por la presunta realizaci�n de actos anticipados de campa�a9, en virtud de que el veintis�is de enero en el sitio ubicado en calle L�zaro C�rdenas y Avenida 20 de noviembre de la ciudad de Durango, se observ� la existencia de cuatro grupos de personas que vest�an ropa de tono rojo y cachuchas del mismo color, y en sus manos ten�an banderas grandes con el emblema del Partido del Trabajo, es decir, un cuadro rojo con letras amarillas "PT" y una estrella en tono amarillo sobre ellas, promocionando a dicho partido ante toda la ciudadan�a que transitaba por ese lugar, as� como proporcion�ndoles volantes, los cuales conten�an en letras rojas, may�sculas y entre signos de admiraci�n "LOPEZ OBRADOR", y en letras negras "EN DURANGO", enseguida la leyenda "Acompa�a al PRECANDIDATO A PRESIDENTE DE M�XICO, POR EL PARTIDO DEL TRABAJO Y COALICI�N JUNTOS HAREMOS HISTORIA", en la parte de abajo dec�a "jueves 8 de febrero de 2018 a las 10:30 de la ma�ana en la plaza IV Centenario de la ciudad de Durango"; y para finalizar a pie de p�gina en un tono gris muy tenue dec�a "Propaganda dirigida a militantes y simpatizantes de la coalici�n Juntos Haremos Historia (MORENA, ENCUENTRO SOCIAL Y PARTIDO DEL TRABAJO).
9 Art�culo 470, numeral 1, inciso c) de la Ley Electoral.
c) Al Partido del Trabajo, a trav�s del Representante Propietario o Suplente ante el 04 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en Durango, por la presunta comisi�n de actos anticipados de campa�a y por los mismos hechos relatados en el inciso que antecede.
17. No pasa por...
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