Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-JDC-0335-2018), 05-06-2018

Fecha05 Junio 2018
Número de expedienteSUP-JDC-0335-2018
Tipo de procesoJuicio para la protección de los derechos jurídico electorales
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
SUP-JDC-335/2018-Acuerdo1

ACUERDO DE SALA

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO

EXPEDIENTE: SUP-JDC-335/2018

ACTOR: BARTOLO DIONICIO LÓPEZ GUZMÁN

AUTORIDAD RESPONSABLE: TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE OAXACA

MAGISTRADO PONENTE: JOSÉ LUIS VARGAS VALDEZ

SECRETARIOS: MARIANO A. GONZÁLEZ PÉREZ Y BENITO TOMÁS TOLEDO

COLABORÓ: FANNY AVILEZ ESCALONA

Ciudad de México, cinco de junio de dos mil dieciocho.

ACUERDO:

Que dicta la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano indicado al rubro, en el sentido de que la Sala Regional Xalapa debe conocer el medio de impugnación promovido por Bartolo Dionicio López Guzmán, en contra de la sentencia de tres de mayo de dos mil dieciocho emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca en el expediente JDCI/11/2018.

ÍNDICE:

RESULTANDO:

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

RESULTANDO:

1. I. Antecedentes. De los hechos expuestos en la demanda, así como de las constancias que integran el expediente, se advierte lo siguiente:

2. a. Nombramiento de autoridades. El doce de noviembre de dos mil diecisiete, se llevó a cabo la Asamblea General Comunitaria de nombramiento de autoridades en la comunidad de Cahuatichi, Santo Domingo Tonalá, Huajuapan de León, Oaxaca, en la cual se determinó que Bartolo Dionicio López Guzmán continuara como representante propietario.

3. b. Expedición de nombramiento. El cuatro de enero de dos mil dieciocho, el Presidente Municipal de Santo Domingo Tonalá expidió en favor del actor, nombramiento de autoridad auxiliar como representante de la comunidad de Cahuatichi.

4. c. Solicitud de acreditación. Mediante escrito recibido el veintidós de febrero de dos mil dieciocho en la Dirección de Gobierno de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Oaxaca, Bartolo López Guzmán solicitó al titular de dicha dirección, que lo acreditara como autoridad auxiliar del Municipio de Santo Domingo Tonalá.

5. d. Negativa verbal. El promovente aduce que ese mismo día le negaron su petición, ya que no podían acreditarlo de forma consecutiva.

6. e. Juicio local. El veintiocho de febrero siguiente, el enjuiciante promovió juicio ciudadano ante el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, a efecto de controvertir la negativa de expedición de sus acreditaciones, juicio que fue radicado con la clave JDCI/11/2018.

7. f. Resolución impugnada. El tres de mayo del año en curso, el Tribunal Electoral local confirmó la negativa de la Secretaría General de Gobierno, de expedir al actor la credencial de acreditación y la autorización de la elaboración del sello oficial, como autoridad de una comunidad con la categoría administrativa de núcleo rural.

8. II. Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano. El dieciséis de mayo del presente año, Bartolo Dionicio López, ostentándose como indígena del núcleo rural de Cahuatichi, Santo Domingo Tonalá, Huajuapan de León, Oaxaca, y representante electo del citado núcleo para este año, promovió juicio ciudadano a fin de controvertir la resolución señalada en el punto que antecede.

9. a. Recepción en la Sala Regional y remisión a este órgano jurisdiccional. El veinticuatro siguiente, la Sala Regional Xalapa de este Tribunal recibió la demanda y constancias relativas al juicio y, en esa misma fecha, el Magistrado Presidente ordenó remitir las constancias a esta Sala Superior al considerar que la materia de...

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