Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSUP-RAP-0156-2018), 13-06-2018

Número de expedienteSUP-RAP-0156-2018
Fecha13 Junio 2018
EmisorSala Superior (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
Tipo de procesoRecurso de apelación
SUP-RAP-156/2018

RECURSO DE APELACIÓN

EXPEDIENTE: SUP-RAP-156/2018

RECURRENTE: MORENA

AUTORIDAD RESPONSABLE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ORGANIZACIÓN ELECTORAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

MAGISTRADO PONENTE: INDALFER INFANTE GONZALES

SECRETARIOS: CÉSAR AMÉRICO CALVARIO ENRÍQUEZ Y JOSÉ ALBERTO RODRÍGUEZ HUERTA

Ciudad de México, trece de junio de dos mil dieciocho.

VISTOS, para resolver los autos del recurso de apelación identificado con la clave de expediente SUP-RAP-156/2018, interpuesto por el partido político nacional MORENA, a fin de controvertir la omisión de dar respuesta a la solicitud que formuló a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral el cuatro de junio de dos mil dieciocho; y

RESULTANDO

PRIMERO. Antecedentes. De la narración de hechos que el partido político recurrente expone en su escrito de demanda, así como de las constancias de autos, se advierte lo siguiente:

1. Solicitud de información (Acto reclamado). El cuatro de junio de dos mil dieciocho, mediante oficio identificado con la clave REPMORENAINE-303/2018, Horacio Duarte Olivares, representante propietario de MORENA acreditado ante el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, solicitó al Director Ejecutivo de Organización Electoral del referido Instituto, la relación de folios generales de las boletas electorales, por distrito y municipio, que salieron de Talleres Gráficos, y que han comenzado a llegar a los Consejos Distritales en todo el país.

2. Recurso de apelación. El inmediato cinco de junio, MORENA presentó ante la Oficialía de Partes del Instituto Nacional Electoral, demanda de recurso de apelación, por la omisión que atribuye al Director Ejecutivo de Organización Electoral de ese Instituto, de dar respuesta al oficio precisado en el punto que antecede.

3. Oficio de respuesta. Mediante oficio INE/DEOE/1247/2018, fechado el cinco de junio del año en curso, el Director Ejecutivo de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral dio respuesta a la solicitud de información realizada por MORENA, el cual fue notificado a ese instituto político el seis de junio del presente año.

4. Recepción del expediente en Sala Superior. El nueve de junio siguiente, se recibió en la Oficialía de Partes de la Sala Superior el oficio identificado con la clave INE-DEOE/1258/2018, mediante el cual, el Director Ejecutivo de Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral remitió a este órgano jurisdiccional el...

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