Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expedinete NºSRE-PSL-0028-2018), 25-05-2018

Fecha25 Mayo 2018
Número de expedienteSRE-PSL-0028-2018
Tipo de procesoProcedimiento especial sancionador del Órgano Local del Instituto Nacional Electoral
EmisorSala Regional Especializada (Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México)
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONAD

PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR

EXPEDIENTE:

SRE-PSL-28/2018

PROMOVENTE:

Partido de la Revolución Democrática

PARTES INVOLUCRADAS:

MORENA, Candelario Pérez Alvarado Andrés Manuel López Obrador y otros.

MAGISTRADA:

Gabriela Villafuerte Coello

PROYECTISTA:

Carmen Daniela Pérez Barrio

COLABORÓ:

Ana Paula Ascobereta Vázquez

Ciudad de México, a veinticinco de mayo de dos mil dieciocho.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta RESOLUCIÓN, en la que se da por concluido el procedimiento especial sancionador:

ANTECEDENTES

I. PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2017-2018.

1. 1. El ocho de septiembre de 2017, inició el proceso electoral federal, para renovar a las y los integrantes del Congreso de la Unión (Diputaciones Federales y Senadurías de la República) y Presidencia de la República. Las etapas son:

a) Precampaña1: Del 14 de diciembre de 2017 al 11 de febrero de 2018.

b) Campaña: Del 30 de marzo al 27 de junio.

c) Día de la elección: 1 de julio.2

1 De conformidad con el Acuerdo INE/CG427/2017 emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que se establece el periodo de precampañas para el proceso electoral federal 2017-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2017.

2 A partir de 2015 la celebración de elecciones federales y locales será el primer domingo de junio del año que corresponda, salvo en 2018 que serán el primer domingo de julio. Segundo transitorio numeral 8, fracción II, inciso a) del DECRETO publicado en el Diario Oficial de la Federación el lunes 10 de febrero de 2014.

II. Actuaciones ante el Consejo Local en Tabasco 3.

3 En adelante autoridad instructora.

1. Denuncias.

2. Queja 14. El primero de mayo de dos mil dieciocho, el representante propietario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) ante el Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Tabasco, denunció que el ocho del abril, mediante una rueda de prensa, Candelario Pérez Alvarado – Diputado Federal y candidato suplente al Senado de la República- solicitó el voto a favor de Andrés Manuel López Obrador5, con lo cual se pudiera actualizar actos anticipados de campaña, así como falta al deber de cuidado de MORENA.

4 El primero de mayo, La Junta Local Ejecutiva del INE en Tabasco, registró la queja con la clave JL/PE/PRD/JL/TAB/PEF/2/2018.

5 Cabe precisar que el promovente también...

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